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Intercambios económicos y comercio justo
ART. 335
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:red_cross: la explotación, usura, acaparamiento, simulación, intermediación especulativa de los bienes y servicios
El Estado regulará, controlará e intervendrá, cuando sea necesario, en los intercambios y transacciones económicas
establecerá los mecanismos de :red_cross: para evitar cualquier práctica de monopolio y oligopolio privados, o de abuso de posición de dominio en el mercado y otras prácticas de competencia desleal.
ART. 336
El Estado asegurará la transparencia y eficiencia en los mercados y fomentará la competencia en igualdad de condiciones y oportunidades, lo que se definirá mediante ley.
EI Estado impulsará y velará por el comercio justo como medio de acceso a bienes y servicios de calidad
ART 337
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Así como para asegurar la participación de la economía ecuatoriana en el contexto regional y mundial a partir de una visión estratégica.
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