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CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO - Coggle Diagram
CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO
DEFINICIÓN
ES UN CONTRATO POR MEDIO DEL CUAL UNA PERSONA DENOMINADA EMPRESARIO O CONTRATISTA, SE OBLIGA A REALIZAR Y TRANSMITIR A OTRA LLAMADA DUEÑO, UNA OBRA CON MATERIALES PROPIOS Y BAJO SU DIRECCIÓN TOMANDO A SU CARGO EL RIESGO, EN TANTO ESTE ÚLTIMO SE OBLIGA A PAGAR UNA REMUNERACIÓN
CLASIFICACIÓN
PRINCIPAL
TIENE VIDA PROPIA Y PARA SU VALIDEZ Y SU EXISTENCIA NO DEPENDE DE OTRO CONTRATO.
BILATERAL
EXISTEN OBLIGACIONES PARA AMBAS PARTES
PARA EL EMPRESARIO REALIZAR LA OBRA CON MATERIALES PROPIOS PARA DESPUÉS TRANSMITIRLA
PARA EL DUEÑO PAGAR LA REMUNERACIÓN
ONEROSO
TODA VEZ QUE LOS PROVECHOSOS Y LOS GRAVÁMENES SON RECÍPROCOS
CONMUTATIVO
PUES EL CARÁCTER DE GANANCIOSO O PERDIDOSO SE CONOCE DESDE EL MOMENTO DE CONTRATAR
CON FORMALIDADES RESTRINGIDAS
EN TÉRMINOS GENERALES NO SE REQUIERE FORMALIDAD ALGUNA O EXCEPCIÓN DE LA OBRA EN COSA INMUEBLE CUYO VALOR SEA DE MÁS DE CIEN PESOS
DE TRACTO SUCESIVO
LAS OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO SE CUMPLEN EN UN PERÍODO DE TIEMPO Y NO EN FORMA INSTANTÁNEA
INTUITU PERSONAE
LA CALIDAD DE LA PERSONA DEL EMPRESARIO ES UN ELEMENTO IMPORTANTE
DISTINCIÓN ENTRE OTROS CONTRATOS
DISTINCIÓN ENTRE EL CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO Y CONTRATO DE TRABAJO
EL CONTRATO DE TRABAJO EXISTE CUANDO HAY UNA RELACIÓN DE DIRECCIÓN Y DEPENDENCIA ENTRE EL PATRÓN Y SU EMPLEADO U OBRERO, EL SALARIO, VACACIONES, SEGURO SOCIAL, Y EN GENERAL TODAS LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LAS PARTES SE ENCUENTRAN REGULADAS POR LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO
MIENTRAS EL CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO EL EMPRESARIO TOMA A SU CARGO LOS RIESGOS Y LA DIRECCIÓN DE LA MISMA
DISTINCIÓN ENTRE CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO Y CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
EN EL CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES EL CLIENTE DEBERÁ PAGAR LOS HONORARIOS AL IGUAL QUE LOS MATERIALES Y RIESGOS DE LA EXISTENCIA DE LA OBRA
MIENTRAS EN EL CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO EL EMPRESARIO SE OBLIGA A REALIZAR UNA OBRA BAJO SU PROPIA DIRECCIÓN Y RIESGO Y A PROPORCIONAR LOS MATERIALES NECESARIOS COMO A TRANSMITIR SU DOMINIO
DISTINCIÓN ENTRE EL CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO Y CONTRATO DE COMPRAVENTA DE COSA FUTURA
SI LO QUE MÁS IMPORTA SON LOS MATERIALES EMPLEADOS, SE TRATA DE UNA COMPRAVENTA DE COSA FUTURA
SI ES LA MANO DE OBRA LO MÁS IMPORTANTE, DE LO QUE SE HABLA ES DE UN CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO
ELEMENTOS
EXISTENCIA
CONSENTIMIENTO
ES EL ACUERDO DE VOLUNTADES SOBRE LA CREACIÓN DE OBLIGACIONES DE HACER Y DE DAR
OBEJTO
JURÍDICO
DIRECTO
ES LA CREACIÓN DE OBLIGACIONES
INDIRECTO
LO CONSTITUYEN EL HACER Y EL DAR
EL HACER ES LLEVAR A CABO LA OBRA
EL DAR SIGNIFICA TRANSMITIR SU PROPIEDAD
MATERIALES
SON OBRA Y REMUNERACIÓN
LA OBRA DEBE SER FÍSICA Y JURÍDICAMENTE FACTIBLE LLEVARLA A CABO
LA REMUNERACIÓN PUEDE SER CUBIERTA EN DINERO O MEDIANTE OTROS BIENES, ES DECIR EN ESPECIE
VALIDEZ
CAPACIDAD
TIENE REGLAS GENERALES, NO OBSTANTE, ES POSIBLE QUE EN ALGÚN MOMENTO SE REQUIERA UNA CAPACIDAD ESPECIAL DE PARTE DEL EMPRESARIO
FORMALIDADES
EN TÉRMINOS GENERALES EXISTEN LIBERTAD DE FORMALIDADES
OBLIGACIONES
EMPRESARIO
EJECUTAR LA OBRA
REALIZAR PERSONALMENTE, PUES LO EXPRESÉ, EL CONTRATO ES INTUITU PERSONAE, ESTO SIGNIFICA QUE EL EMPRESARIO EJECUTE LA OBRA FÍSICAMENTE, PERO SÍ BAJO SU RESPONSABILIDAD Y DIRECCIÓN
ENTREGAR LA OBRA
TERMINADA LA OBRA EL EMPRESARIO TENDRÁ QUE TRANSMITIR LA PROPIEDAD DE LA MISMA
RESPONDER POR VICIOS Y RIESGOS
OBLIGA HACER ALGO, LO DEBE REALIZAR DE ACUERDO CON LO CONVENIDO, PLANOS, DISEÑO, ESPECIFICACIONES, ETC. POR EL OTRO, TODO EL QUE TRANSMITE SE OBLIGA AL SANEAMIENTO POR LOS VICIOS OCULTOS
DUEÑO
PAGAR EL PRECIO CONVENIDO
EL TIEMPO DE LA ENTREGA DEL PRECIO SERÁ CUANDO LA OBRA SEA ENTREGADA
LA CARACTERÍSTICAS DE LA OBRA A PRECIO ALZADO ES QUE EL EMPRESARÍO TOMA A SU CARGO LA COMPRA DE MATERIALES Y SI ÉSTOS VARÍAN POR AUMENTO DEL PRECIO O PORQUE EL SALARIO SE INCREMENTE, EL EMPRESARIO NO PODRÁ COBRAR MÁS
ES POR ESTA RAZÓN QUE LOS INGENIEROS Y ARQUITECTOS, LA MAYORÍA DE LAS OBRAS LAS CONTRATAN POR ADMINISTRACIÓN Y NO POR PRECIO ALZADO
PUES EN TIEMPOS DE INFLACIÓN LOS MATERIALES Y LOS SALARIOS PUEDEN DISPARARSE Y POR LO TANTO OBLIGAN AL EMPRESARIO A NO CUMPLIR LO CONVENIDO
RECIBIR LA OBRA
CAUSAS DE TERMINACIÓN
CONCLUSICIÒN DE LA OBRA
MUERTE DEL EMPRESARIO
EXISTIR IMPOSIBILIDAD FÍSICA O JURÍDICA DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
RESCISIÓN
NULIDAD
PÉRDIDA DE LA OBRA
CONFUSIÓN