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Elementos de Costo Mano de Obra - Coggle Diagram
Elementos de Costo Mano de Obra
CÓDIGOS DEL TRABAJO
Art.47. De la jornada máxima
las horas de un trabajador son de 8 horas diarias
el tiempo máximo de trabajo efectivo en el subsuelo sera de 6 horas diarias y solamente por concepto de horas suplementarias
Art. 48. Jornada Especial:
las comisiones sectoriales y las comisiones de trabajo determinaran las industrias en que no sea permitido el trabajo durante la jornada completa y fijaran el numero de horas de labor
Art.49. Jornada Nocturna.
la jornada nocturna los trabajadores los pueden realizar desde las 19:00 y las 06:00 del siguiente día siguiente que pueden tener la misma duración y dará derecho a igual remuneración que la diurna, aumentada en un veinticinco por ciento
Art.50.- Límite de jornada y descanso forzoso
son jornadas de trabajo obligatorio que no se puede exceder de cinco en la semana o de cuarenta horas hebdomadarias
los días sábados y domingos serán de descanso forzoso y sin razón de las circunstancias no se puede interrumpir el trabajo
Art.51: duración del descanso
todos los trabajadores o por turnos si así lo exigiere la índole de las labores que realicen. comprenderá un mínimo de cuarenta y ocho horas consecutivas
Art.52 Trabajo en sábados y domingos.
las circunstancias por las que accidental o permanente
Art.53: Descanso semanal remunerado:
es el descanso semanal que una persona tiene un cargo forzoso y sera pagado con la cantidad equivalente a la remuneración íntegra o sea de dos días de acuerdo con la naturaleza de labor
El pago se realizara tomando como base el promedio de la remuneración devengada de lunes a viernes
Art.55 Remuneración por horas y extraordinarias:
la jornada de trabajo podrá exceder del limite fijado en los artículos 47 y 49 de este código
se procederá con autorización del inspector de trabajo y se observan las siguientes
1.-las horas suplementarias no podrán exceder de cuatro en un día ni de doce en la semana
2.-si tuviera lugar durante el día o hasta las 24:00 el empleador pagara la remuneración
3.- en el trabajo a destajo se tomara en cuenta para el recargo de la remuneración de las unidades de obra ejecutadas durante las horas excedentes