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Lesión enorme (Cláusula penal) - Coggle Diagram
Lesión enorme (Cláusula penal)
art 1535 " la cláusula penal es aquella en que una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación, se sujeta a una pena, que consiste en dar o hacer algo en caso de no ajecutar o de retadar la obligación principal"
art 46 " caución signfica generalmente cualquier obligación que se contrae para le seguridad de otra obligación porpia o ajena. Son especies de causión la fianza, la hipoteca y la prenda"
dos obligaciones: 1) obligación principal: la que se cauciona
2) la obligación accesoria: la obligación de pagar la pena si es que la obligación principal no se cumple
se celebra un contrato de promesa de celbrar un contrato de compraventa, donde prometiente endedor y comprador se comprometen a celebrar una compravente dentro de los 6 meses siguientes. establecen que si uno de los dos no cumple con el contrato de promesa deberán pagar una pena ascendiente a 100m
lo que puede suceder es que el valor de la pena sea excesivo en relación al valor de la obligación principal, por lo que puede haber lesión enorme
en el art 1544 hay tres situaciones distintas de lesión enorme
"cuando por el pacto principal una de las partes se obligó a pagar una cantidad determinada, como equivalante a lo que por la otra parte debe prestarse, y la pena consiste asimismo en el pago de una cantidad determinada, podrá pedirse que se rebaje de la segunda todo lo que exceda al duplo de la primera, incluyéndose esta en él"
la obligación principal consiste en pagar una cantidad determinada de dinero y la pena su turno una cantidad determinada
si bien es cierto que la pena es disuasiva y que lo habitual es que su valor sea superior a la de la obligación, lo que le interesa al legislador es que esta no constituya lesión enorme
cuando habrá lesión enorme? cuando el valor de la pena excede en más del doble al valor de la obligación principal incluida este en él (el valor de la pena principal multiplicado por dos)
si el valor principal es de 2m y el de la pena 6m,habría lesión enorme (no hay lesión con 4m)
"en el primero se podrá rebajar la pena en lo que exeda al máximun del interés que es permitido estipular"
cláusula penal en el contrato de muto
el contrato de mututo beneficia al mutuante (acreedor) ya que el único que se obliga es el mutuario a restituir la cosa por lo que se perfeccionará con la entrega de la cosa (contrato oneroso unilateral)
por qué estamos hablando del contrato de mutuo con intrés si ya lo vimos? porque acá estamos usando el interés como pena, es decir se pactan los interés para que el mutuario restituya en el tiempo establecido la cosa
el interés puede asender al interés corriente o a otro, pero no puede asencer al máximo interés convencional que establece el legislador
en el caso que el interés sea superior se establece que se baje al máximo interés convencional y no al corriente, porque acá el interés actua con caracter de pena
"en las segundas se deja a la prudencia del juez moderarla, cuando atendida a las circunstancias pareciera enorme"
en este caso la obligación principal esta constituido por una obligación de valor indeterminado o inapreciable
como determinamos que hay una pena enorme? acá no hay dos valores que contrastar ya que la de la obligación principal es inderterminado y lo que si tenemos es el valor de la pena
se dejera al criterio del juez si hay pena enorme y si es así deberá mderar el monto de la pena
obligación princiapal: confidencialidad penal: 500m
acá no hay resición sino que se rebaja la pena