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Derecho dúctil, Emilio Chauvet Figueroa 22 de junio de 2020, Bibliografía:…
Derecho dúctil
Principios
Zagrebelsky opina que el positivismo no explica correctamente el derecho contemporáneo porque está lleno de principios y el positivismo sólo trata de normas
Guastini responde que no existe un criterio convincente que señale la separación entre principios y normas.
Las diferencias de generalidad y ambigüedad son sólo de grado, no de carácter puesto que todas las normas son en alguna medida generales y ambiguas. Y por tanto no distinguen claramente entre principios y normas.
La supuesta diferencia entre principios y normas según la cual la primera no está dirigida a supuestos de hecho también es falsa porque
Según Zagrebelsky, las antinomias entre principios deben resolverse según técnicas de ponderación.
Guastini opina que el problema de resolver las antinomias de principios según el criterio móvil de la ponderación es que permite al juez interpretar la ley a su gusto lo cual crea incertidumbre.
Interpretación
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Guastini responde que esta concepción de la interpretación atenta contra los principios de estabilidad en la interpretación y la uniformidad de la jurisprudencia.
Las consecuencias de concebir así la interpretación es que no habría igualdad ante la ley porque prevalecería el sentido personal de justicia del juez sobre el sentido de justicia de la ley
Positivismo jurídico
En El derecho dúctil, Zagrebelsky se muestra antipositivista
Argumenta que los derechos subjetivos promulgados en la Constitución no deben ser puesta nunca en duda puesto que son naturales y previos al derecho.
Lo mismo sucede con los principios del derecho declarados en la Constitución: están por encima de y son previos a la ley.
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Bibliografía: Guastini, R. "Derecho dúctil, derecho incierto". Anuario de Filosofía del Derecho XIII (1996), pp. 111-123