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LEY DE COMPAÑIAS - Coggle Diagram
LEY DE COMPAÑIAS
TIPOS DE COMPAÑIAS
Características
Dependiendo de la constitución legal podemos decir que se clasifican en:
c) Compañía de responsabilidad limitada
ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN
Será administrada por su gerente-propietario, quién sera su representante legal.
Para legitimar el nombramiento como representante legal, el gerente-propietario tendrá que utiliar una copia certificada de la escritura publica que contenga el acto constitutivo y que se encuentre inscrito en el Registro Mercantil.
d) Compañía anónima
ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN
Tienen dos organismos de administración la
Junta General y el
Directorio
.- La compañia se administra por mandatarios amovibles, que pueden ser socios o no, es decir, que pueden ser sustituidos en cualquier momento.
Para desempeñar este cargo de adminisrador se necesita tener la capacidad necesaria para el ejercicio del comercio y no estar comprendido en las prohibiciones que el codigo de Comercio establece.
Administradores, miembros de los organismos adminisrativos y agentes solo pueden ser nombrados temporal y revocablemente.
b) Compañía en comandita simple
ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN
En el contrato de constitucion se puede autorizar a uno o más socios ha realizar los actos necesarios para su administración y hacer cumplirlos fines sociales;
en el caso de no existir disposicion expresa, se tendrá por entendido que todos los socios tiene la facultada de administrar la compañia.
Son nombrados y removidos por mayoria de votos, siendo removidos solo por dolo, culpa grave o inhabilidad en el manejo de negocios.
Los administradores tienen la obligacion de comunicar a los comaditarios y demás socios el balance de la compañia.
a) Compañia en nombre colectivo
ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN
Todos los socios tiene derecho a la administración de la compañia, salvo el caso que en el contrato social de la compañia se indique que los socios han sido autorizados para administrar la compañia.
El administrador esta autorizado para realizar actos y contratos que son necearios para el cumplimiento de los objetivos sociales para el que se constituyo la compañia. Obligados a rendir cuenta de la administracion por periodos demestrales.
Dicho nombramiento se hará por medio de la escritura de constitución o por acuerdo entre los socios, y salvo pacto en contrario por mayoria de votos.
El administrador no puede ser removido de su cargo por dolo, culpa grave o inhabilidad en los negocios, la remoción podrá ser pedida por cualquiera de los socios y en caso de ser judicial, declarad a por sentencia.
e) Compañía de economía mixta
ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN
Son aplicables a esta compañía las disposiciones relativas a la compañía anónima. Tienen dos organismos de administración la
Junta General y el
Directorio
.
Las funciones del directorio y del gerente serán las determinadas por esta Ley para los directorios y gerentes de las compañías anónimas.
Los estatutos establecerán la forma de integrar el directorio, en el que deberán estar representados necesariamente tanto los accionistas del sector público como los del privado, en proporción al capital aportado.
f) Sociedad por acciones simplificada
ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN
La administración social de la compañia corresponde a los socios comanditados, no pudiendo ser removidos sino por la causas establecidas en la Ley de Compañias "Art. 304 y 305".
Los socios comanditados tiene derecho, además de los dividendos que les corresponden por acciones a una parte adicional de las utilidades o remuneraciones que fije el contrato social.
Si fueren varios, esta participación se dividirá entre ellos según convenio, y a flata de este, en partes igualees.