La recomendación de que el contrato se redacte y celebre en un solo idioma, ya sea el del exportador o el del importador, no aplica únicamente a este supuesto, sino que, se puede dar el caso de que ambos idiomas sean totalmente ajenos y las partes no estén familiarizadas con la lengua opuesta, por ejemplo, el español y el chino; en consecuencia acordarán realizar todo lo vinculado con esa relación contractual en un tercer idioma que para dicho ejemplo sería con toda seguridad el inglés.