Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
OBLIGACIONES DE LAS AUTORIDADES DEL SECTOR SALUD, TRATAMIENTO DE RESIDUOS…
-
-
OBLIGACIONES
- Abstenerse de disponer los desechos o residuos generados en la atención en salud y otras actividades en vías,suelos humedales etc.
- No quemar a cielo abierto los desechos o residuos generados en la atención en salud y otras actividades
-
-
RESIDUOS RADIACTIVOS
El manejo de estos deberán sujetarse a la normativa vigente, en especial la expedida por el Ministerio de Minas y Energía o quien haga sus veces
-
RÉGIMEN SANCIONATORIO
En caso de violación de las disposiciones ambientales contempladas en el presente Titulo, las autoridades ambientales competentes impondrán las medidas preventivas y sancionatorias que hay lugar, de conformidad con lo consagrado en la ley 1313 del 2009 o la norma que la modifique,adicione o sustituya
En caso de violación a las normas de tránsito y transporte contempladas en el presente Titulo,las autoridades de tránsito y transporte competentes impondrán las medidas y sanciones a que hay lugar, de conformidad a lo establecido a la ley 336 de 1996
RÉGIMEN DE TRANSICIÓN
Mientras se expide el Manual para la Gestión Integral de residuos generados en la atención en salud y otras actividades, seguirá vigente el manual de procedimientos para la gestión integral de los residuos Hospitalarios y Similares adoptado mediante la resolución número 1164 de 2002