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LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES - Coggle Diagram
LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES
ART 127
Los títulos de las acciones y los certificados provisionales llevarán cupones
se entregarán a la sociedad contra el pago de dividendos o intereses
ARTICULO 111
Las acciones en que se divide el capital social de una sociedad anónima estarán representadas por títulos nominativos que servirán para acreditar y transmitir la calidad y los derechos de socios
:
ARTICULO 112
Las acciones serán de igual valor y conferirán iguales derechos.
ARTICULO
113
Cada acción sólo tendrá derecho a un voto; pero en el contrato social podrá pactarse que una parte de las acciones tenga derecho de voto
ARTICULO 114
Cuando así lo prevenga el contrato social, podrán emitirse en favor de las personas que presten sus servicios a la sociedad
figurarán las normas respecto a la forma, valor, inalienabilidad y demás condiciones particulares que les corresponda.
Al hacerse la liquidación de la sociedad, las acciones de voto limitado se reembolsarán antes que las ordinarias.
ART 128
Las sociedades anónimas tendrán un registro de acciones
Nombre, la nacionalidad y el domicilio del accionista, y la indicación de las acciones que le pertenezcan
indicación de las exhibiciones que se efectúen
Las transmisiones que se realicen en los términos que prescribe el artículo 129
ART 129
La sociedad considerará como dueño de las acciones a quien aparezca inscrito como tal en el registro a que se refiere el artículo anterior.
ART 130
En el contrato social podrá pactarse que la transmisión de las acciones sólo se haga con la autorización del consejo de administración.
El consejo podrá negar la autorización designando un comprador de las acciones al precio corriente en el mercado
ART 132
Los accionistas tendrán derecho preferente, en proporción al número de sus acciones, para suscribir las que emitan en caso de aumento del capital social
ARTICULO 115
Se prohibe a las sociedades anónimas emitir acciones por una suma menor de su valor nominal
ARTICULO 116
serán liberadas las acciones cuyo valor esté totalmente cubierto y aquellas que se entreguen a los accionistas según acuerdo de la asamblea general extraordinaria
ARTICULO
117
La distribución de las utilidades y del capital social se hará en proporción al importe exhibido de las acciones.
ARTICULO 118
Cuando constare en las acciones el plazo en que deban pagarse las exhibiciones y el monto de éstas, transcurrido dicho plazo
ARTICULO 119
Cuando se decrete una exhibición cuyo plazo o monto no conste en las acciones, deberá hacerse una publicación, por lo menos 30 días antes de la fecha señalada para el pago, en el Periódico Oficial de la entidad federativa a que corresponda el domicilio de la sociedad
ARTICULO 120
La venta de las acciones a que se refieren los artículos que preceden, se hará por medio de corredor titulado y se extenderán nuevos títulos o nuevos certificados
ART 131
La transmisión de una acción que se efectúe por medio diverso del endoso deberá anotarse en el título de la acción
ART 133
No podrán emitirse nuevas acciones, sino hasta que las precedentes hayan sido íntegramente pagadas
ART 134
Se prohibe a las sociedades anónimas adquirir sus propias acciones, salvo por adjudicación judicial, en pago de créditos
ART 135
En reducción del capital social mediante reembolso a los accionistas, la designación de las acciones que hayan de notificarse se hará por sorteo ante Notario o Corredor titulado
ART 136
Para la amortización de acciones con utilidades repartibles, cuando el contrato social la autorice
.
La amortización deberá ser decretada por la Asamblea General de Accionistas;
Sólo podrán amortizarse acciones íntegramente pagadas;
La adquisición de acciones para amortizarlas se hará en bolsa
Los títulos de las acciones amortizadas quedarán anulados y en su lugar podrán emitirse acciones de goce
La sociedad conservará a disposición de los tenedores de las acciones amortizadas, por el término de un año
*
ARTICULO 121
Si en el plazo de un mes, a partir de la fecha en que debiera de hacerse el pago de la exhibición, no se hubiere iniciado la reclamación judicial o no hubiere sido posible vender las acciones
ARTICULO 122
Cada acción es indivisible, y en consecuencia, cuando haya varios copropietarios de una misma acción, nombrarán un representante común
ARTICULO 123
En los estatutos se podrá establecer que las acciones, durante un período que no exceda de tres años, contados desde la fecha de la respectiva emisión
ARTICULO 124
Los títulos, representativos de las acciones deberán estar expedidos dentro de un plazo que no exceda de un año, contado a partir de la fecha del contrato social o de la modificación de éste
ARTICULO 125
Los títulos de las acciones y los certificados provisionales
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ARTICULO 126
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ART 137
Las acciones de goce tendrán derecho a las utilidades líquidas, después de que se haya pagado a las acciones no reembolsables el dividendo señalado en el contrato social.
*ART 138
Los Consejeros y Directores que hayan autorizado la adquisición de acciones , serán personal y solidariamente responsables de los daños y perjuicios que se causen a la sociedad o a los acreedores de ésta
ART 139
En ningún caso podrán las sociedades anónimas hacer préstamos o anticipos sobre sus propias acciones
ART 140
Cuando por cualquier causa se modifiquen las indicaciones contenidas en los títulos de las acciones, éstas deberán cancelarse y anularse los títulos primitivos
ART 141
Las acciones pagadas en todo o en parte mediante aportaciones en especie, deben quedar depositadas en la sociedad durante dos años.