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Doctrinas en el Derecho Internacional Privado - Coggle Diagram
Doctrinas en el Derecho Internacional Privado
Doctrina Española
Competencia judicial internacional
La doctrina española considera que hay competencia judicial internacional cuando el juez nacional actúa internacionalmente.
Derecho aplicable
El segundo problema que aborda la doctrina española es el derecho aplicable. En este punto, se busca determinar cuál derecho sustantivo resolverá el conflicto de fondo
Eficacia extraterritorial de las sentencias
Es un tema de derecho adjetivo, consistente en determinar los principios y reglas que deben aplicarse para que a un juez extranjero, mediante el reconocimiento de una competencia delegada, se le autorice a reconocer y ejecutar la resolución emitida por otro juez, que para él es extranjero.
Doctrina Italiana
Conflicto de leyes y competencia judicial.
Sostiene esta postura, cuya concepción está restringida a los temas de conflictos de leyes y competencia judicial.
No acepta que el Derecho a la nacionalidad y la condición jurídica de extranjeros formen parte del derecho internacional privado.
De acuerdo con la naturaleza de los problemas que debe resolver el DIPr, las normas son distintas.
Arguyen en contra que la relación jurídica en conflicto no siempre involucra la nacionalidad de las partes
Doctrina Francesa
Derecho de la nacionalidad
Sostiene la necesidad de incluir en el DIPr el derecho de la nacionalidad
Niboyet sostiene que de la nacionalidad derivan efectos de derecho público, pero también de derecho privado.
Condición jurídica de los extranjeros
El otro tema que Niboyet sostiene como necesario en el estudio del DIPr es ña condición jurídica de los extranjeros
Conflictos de leyes sustantivas
La doctrina francesa propone una concepción amplia de los temas a estudiar por el DIPr, es la que realmente ofrece la posibilidad de dar soluciones adecuadas a los múltiples conflictos que se presentan en este derecho.
Competencia judicial o ejercicio de derechos
En este punto se desarrolla el tema del derecho adjetivo indispensable para hacer efectivos los derechos sustantivos, se estudian la competencia directa e indirecta y la cooperación judicial internacional, cuyo fin último es hacer justicia y evitar la impunidad.
Adquisición de un derecho y respeto de los derechos adquiridos
Estos puntos son muy importantes porque en ellos se distingue entre el momento en que se obtiene un derecho y la obligación de que ese derecho se respete por haberse adquirido.
Doctrina Alemana
Conflicto de leyes y competencia judicial.
Sostiene esta postura, cuya concepción está restringida a los temas de conflictos de leyes y competencia judicial.
No acepta que el Derecho a la nacionalidad y la condición jurídica de extranjeros formen parte del derecho internacional privado.
De acuerdo con la naturaleza de los problemas que debe resolver el DIPr, las normas son distintas.
Arguyen en contra que la relación jurídica en conflicto no siempre involucra la nacionalidad de las partes
Doctrina Sajona
Inglaterra y Estados Unidos representan la doctrina sajona, que aplican mediante el estudio de casos.
Jurisdicción
Aquí se plantea el problema de quién debe resolver el litigio; para ello hay dos posibilidades: acudir al tribunal o someter el litigio a lo que se denomina cuerpo cuasijudicial, consistente en solicitar un arbitraje o acudir a la vía administrativa.
Elección de ley, también denominada conflicto de leyes.
Cuando dos o más estados entran en contacto por un caso en que sus leyes son diferentes, se debe elegir la ley que se aplicará, lo cual es un verdadero problema porque cada foro elige las disposiciones que formuló en casos anteriores.
Reconocimiento y ejecución.
Se basa en el principio de comity, consistente en un acto voluntario del juez, quien dará crédito completo a la sentencia que reciba y en tal sentido la reconocerá y ejecutará
Doctrina que tiene México
Actualmente la enseñanza del DIPr en México sigue la doctrina Francesa. En consecuencia, estudia los cuatro grandes temas siguientes:
Derecho de la Nacionalidad
Condición jurídica de los extranjeros
Conflictos de leyes sustantivas
Conflicto de competencia judicial o leyes adjetivas