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MAPA CONCEPTUAL - Coggle Diagram
MAPA CONCEPTUAL
FUENTES DEL DERECHO DEL TRABAJO
LAS LEYES DICTADAS POR EL CONGRESO NACIONAL: como la ley de contrato de trabajo, los estatutos y otras leyes laborales.
LOS CONVENIOS COLECTIVOS: La negociación voluntaria colectiva entre los representantes de los trabajadores y los empleadores.
LAS LEYES PROVINCIALES: Bien las provincias no pueden dictar normas de fondo en materia laboral, pueden hacerlo en materia de policía laboral o dictar códigos de procedimiento laboral.
LA VOLUNTAD DE LAS PARTES: Las cuales son las que constituyen normas de orden publico, dictadas para favorecer al trabajador.
LOS TRATADOS INTERNACIONALES: A partir de la reforma de 1994, forman parte del derecho interno automáticamente cuando son suscriptores y ratificados por el estado.
LA CONSTITUCIÓN NACIONAL: La cual en versión original de 1853 solo consagraba el trabajo entre los derechos civiles de su articulo 14, incorporándose recién los derechos del trabajador, como derechos sociales a partir de la reforma de 1956.
USOS Y COSTUMBRES: cuando la ley se remita a ellos
FUENTES FORMALES: Normas propiamente dichas que nacen como consecuencia de las fuentes materiales, para regular en el marco jurídico los deberes y derechos de las partes las cuales se amparan para realizar el reclamo judicial ante su violación.
LA DOCTRINA: Esta interpretación de los autores prestigiosos del derecho se llama doctrina, y es frecuentemente citada por los abogados en sus demandas y contestaciones, y son tenidas en cuenta, aunque no en forma vinculante, por los jueces, al momento de dictar sentencia.
FUENTES REALES O MATERIALES : Hechos o circunstancias de la realidad o intereses sectoriales que determinan si las normas laborales son dictadas.
JURISPRUDENCIA: Aquellas decisiones llevadas a cabo por los jueces a la hora de resolver un conflicto judicial en alguna materia concreta.
UNIVERSIDAD DEL SUR
ALUMNA: ROSA MARÍA CANUL TUN
MAESTRO: VÍCTOR ANTONIO MONTERO CANTO
TAREA: TAREA MAPA CONCEPTUAL
LOS SUJETOS DE LA RELACIÓN DE TRABAJO:
EMPLEADO: Persona natural o jurídica que realiza una labor de cualquier clase. trabajador que presta sus servicios personales de trabajo bajo dependencia de otra persona la cual su prestación de servicios debe ser remunerado
PARA LOS EFECTOS DE ESTA DISPOSICIÓN: Se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio.
El patrón podrá rescindir la relación de trabajo si existe un motivo razonable de perdida de la confina, aun cuando no coincida con las cusas justificadas de rescisión a que se refiere el articulo 47.
LA LEY: Distingue al trabajador de confianza y señala que la categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se de al puesto.
PATRÓN: Persona natural o jurídica, quien ya sea por cuenta propia o ajena, tiene a su cargo una empresa y que tiene bajo su dependencia uno o mas trabajadores.
SON FUNCIONES DE CONFIANZA: Las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tenga carácter general, y las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento.
EL PATRÓN Y EL TRABAJADOR: Son los sujetos de la relación de trabajo.
LA LEY: FEDERAL DE 1931: Señala en su articulo 3 que trabajador es toda persona que preste a otra un servicio material, intelectual o de ambos géneros, en virtud de un contrato de trabajo.
LAS EMPRESAS Y SU RELACIÓN CON LOS TRABAJADORES
HABILIDADES PARA LA COMPETITIVIDAD: Por parte del empleado, entender que durara en la empresa tanto como beneficio neto respecto a su coste produzca le ayudara a clarificar su situación para encontrar y potenciar aquellas habilidades que lo diferencien y lo hagan mas competitivo en la empresa.
COMUNICACIÓN: Del mismo modo, tendrá que conocer las técnicas para comunicar adecuadamente sus habilidades, ya que esta nueva situación donde todos los trabajadores potencialmente pasan a ser profesionales liberales puede suponer una oportunidad para quien sepa vender el beneficio a las ventajas que su contratación implica.
REALIDAD Y OBJETIVOS: la compañía debe ser sincera con los trabajadores en cuanto a la realidad existente, y no crear falsas expectativas. explicar claramente que cuanto mas beneficios produzca un empleo mas perdurara la relación laboral ayudara a mejorar una relación que, aunque sera igualmente mercantil sera al menos honesta.
EMPLEADO-PRODUCTO: La relación ha pasado de laboral a puramente mercantil. una de las principales consecuencias de la crisis es la dificultad para crear vínculos emocionales con las empresas. la relación se ha vuelto estrictamente mercantil desde el momento en que tanto los empleados como las empresas saben que, con la actual legislación laboral, el contrato terminara en el mismo momento en que el empleado no sea lo suficiente rentable.
MEJORA CONTINUA: El nuevo modelo laboral permite, e incluso invita, a mantener varias relaciones laborales simultaneas y trabajar por proyectos en vez por contratos, lo que permite aumentar los ingresos a costa de la temporalidad.
DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO
EL DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO: Esta contendió en la declaración de derechos sociales de 1917 y en las fuentes formales constitucionales, de manera especial en la ley y en los tratados internacionales y en los contratos colectivos y contratos- ley.
SUS ELEMENTOS DE LA RELACIÓN DEL TRABAJO: Los elementos de una relación de trabajo son los datos que componen, sus partes integrantes para decirlo así, sin las cuales no pueden existir.
A) dos personas, una de las cuales tiene el carácter de trabajador y el otro de patrono.
B) una prestación de trabajo.
C) la característica que acompaña a la presentación de trabajo, a la que la ley ha dado el nombre de subordinación.
D) el salario, que según el articulo 82 es la retribución que debe pagar el patrono al trabajador por su trabajo.
ELEMENTOS SUBJETIVOS: Trabajador y patrón
ELEMENTOS OBJETIVOS: Prestación de un trabajo personal subordinado y el pago de un salario.
CONTRATO Y RELACIÓN:La relaciona de trabajo se inicia en el preciso momento en que se empieza a prestar el servicio.
LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO POR PARTE DE LAS EMPRESAS A FAVOR DEL LOS TRABAJADORES: La estabilidad en el empleo por parte de las empresas en favor del trabajador es algo que todos buscamos en un empleo. la cual consiste en el derecho que un trabajador tiene a conservar su puesto de trabajo pero todo derecho conlleva, a una obligación que se trata de no incurrir en faltas graves o no admitidas por parte del empleador .la garantía de tener ingresos es lo que el trabajador persigue, para poder satisfacer sus necesidades y las de su familia. la estabilidad en el empleo ha sido creada para proteger al trabajador en la relación de dependencia. también las condiciones de estabilidad son las que obligan a capacitar al personal las cuales otorgan incentivos por productividad y un ambiente laboral adecuado y condiciones cómodas para el trabajador.el empleado capacitado, puntual responsable y productivo gozara de una estabilidad por parte de las empresas y si estas condiciones se alteran corre peligro su estabilidad por parte de las empresas. los trabajadores hacen su mejor trabajo y las empresas pagan lo mejor que pueden.