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Los conceptos jurídicos fundamentales según Kelsen - Coggle Diagram
Los conceptos jurídicos fundamentales según Kelsen
Deber jurídico.
Derecho subjetivo
Conducta contraria al hecho anti jurídico.
La sanción.
El deber del Estado de aplicar la sancíon.
Sujeto de derecho o persona física.
Se refiere al ente sujeto del deber, como al sujeto de la sanción y al órgano sancionador.
Hecho ilícito o antijurídico
Hecho condicionante de la sanción.
Responsabilidad jurídica.
El deber del órgano del Estado de hacer valer la ley.
Concepto de delito según el Kelsen
El delito es delito por estar sancionado.
Idea de delito según el derecho positivo.
Estado.
Todo aquello que está sancionado es un delito.
Derecho positivo
Para los órganos del estado, la definición del Kensel es indiscutible.
Para el legislador que elabora un Código Penal y crea jurisprudencia, no puede invocar el criterio de Kelsen, Si no que legislador tiene que partir del criterio axiológico para considerar ciertos actos como delitos y después sancionarlos.
La sanción
Para Kelsen la única consecuencia del derecho es la sanción coactiva.
Para Rojina Villegas, A veces del aparato coactivo del Estado, la canción siguiente martes del patrimonio del sujeto, En tanto que la penal puede afectar la vida, la libertad o el patrimonio mismo.
Hecho antijurídico como supuesto de la sanción.
En los Códigos Civiles Pueden convertir en actos antijurídicos A través de un solo precepto establezca la movilidad todos aquellos que realicen en contra de las leyes de orden público o de las buenas costumbres.
Los Código Penales que van sancionando cada delito; de tal manera que la pena se gradúa concretamente, no sólo respecto de cada delito, sino de sus distintas modalidades, variantes circunstancias que la agraven, etc
El hecho antijurídico cómo conducta del individuo contra el cual se dirige la sanción.
El derecho normalmente toma en cuenta la conducta del sujeto para sancionarla y sólo excepcionalmente puede, en función de la conducta ajena, sancionar a otro, pero de hacerlo así, convierte en conducta antijurídica del sancionado , la conducta antijurídica del responsable directo.
El deber Jurídico
Conducta contraria al acto antijurídico, es decir, el contenido del deber jurídico se determina exclusivamente por oposición al contenido del acto antijurídico.
Kelsen dice: No debemos confundir el deber, en sentido gramatical o en sentido moral o religioso, con el deber en sentido jurídico.