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Salud de los trabajadores en los centros de trabajo - Coggle Diagram
Salud de los trabajadores en los centros de trabajo
NOM-011-STPS-2001
Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido.
Objetivo
Establecer las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido que por sus características, niveles y tiempo de acción, sea capaz de alterar la salud de los trabajadores; los niveles máximos y los tiempos máximos permisibles de exposición por jornada de trabajo, su correlación y la implementación de un programa de conservación de la audición.
Campo de aplicación
Esta Norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo en los que exista exposición del trabajador a ruido.
Exposición a ruido: es la interrelación del agente físico ruido y el trabajador en el ambiente laboral.
NOM-012-STPS-2012
Condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo
donde se manejen fuentes de radiación ionizante.
Programa de seguridad y protección radiológica
El programa de seguridad y protección radiológica deberá contener, al menos, lo siguiente:
a) Las actividades para dar cumplimiento con el programa, la duración de las mismas y los
responsables de su instrumentación y supervisión;
b) El manual de procedimientos administrativos y de operación en cuanto a seguridad radiológica;
c) La descripción de los recursos administrativos y técnicos, así como del sistema de comunicación y
coordinación entre las diferentes áreas involucradas en el centro de trabajo para el cumplimiento del
programa, y
d) Los procedimientos para la investigación de incidentes o accidentes.
Plan de atención a emergencias radiológicas
El plan de atención a emergencias radiológicas deberá elaborarse de acuerdo con lo establecido por el
órgano regulador competente y las previsiones
El encargado de seguridad radiológica o, en su caso, el responsable de la operación y funcionamiento
del equipo de rayos X, así como los auxiliares necesarios por turno de trabajo, deberán aplicar el plan de
atención a emergencias radiológicas durante el tiempo que sea requerido.
NOM-013-STPS-1993
Relativa a las Condiciones de Seguridad e Higiene en los Centros de Trabajo donde Se Generen Radiaciones Electromagnéticas no Ionizantes.
Objetivo
Establecer las medidas preventivas y de control en los centros de trabajo donde se generen radiaciones electromagnéticas no ionizantes, para prevenir los riesgos a la salud de los trabajadores que implican la exposición a dichas radiaciones.
Requerimientos
El patrón debe:
Disponer las medidas preventivas correspondientes tomando en consideración lo siguiente:
Las características de las fuentes generadoras.
Las características del tipo de radiaciones no ionizantes.
La exposición de los trabajadores.
NOM-014-STPS-2000
Exposición laboral a presiones ambientales
anormales-Condiciones de seguridad e higiene.
Condiciones de seguridad e higiene en actividades bajo presiones ambientales bajas
Para los trabajadores que desarrollen sus labores en tierra a presiones ambientales bajas, cuya
magnitud sea menor de 522 mm Hg, equivalente a la presión ambiental bajo condiciones normales a
alturas mayores a 3000 metros sobre el nivel del mar, y que impliquen el traslado de los trabajadores
hacia zonas con una diferencia de altitud incrementada en más de 1500 metros, deben cumplirse las
medidas
NOM-015-STPS-2001
Condiciones térmicas elevadas o abatidas-Condiciones de
seguridad e higiene.
Reconocimiento, evaluación y control
Identificar y registrar en un plano de vista de planta del centro de trabajo, todas las fuentes que
generen condiciones térmicas extremas.
Determinar si en el área donde se ubican las fuentes, el POE se localiza en un lugar cerrado o
abierto y si existe ventilación natural o artificial.
Elaborar una relación del POE, incluyendo áreas, puestos de trabajo, tiempos y frecuencia de la
exposición.
Describir las actividades y ciclos de trabajo que realiza el POE en cada puesto de trabajo.
NOM-024-STPS-2001
Vibraciones-Condiciones de seguridad e higiene en los centros
de trabajo.
Obligaciones del POE
Colaborar y cumplir con el Programa para la Prevención de Alteraciones a la Salud del POE, establecido
en el Capítulo 8.
Límites máximos permisibles de exposición a vibraciones
Cuando se conoce la frecuencia de un mecanismo que genera vibración y se relaciona con la aceleración
en m/s2 ya sea en el eje de aceleración longitudinal az, o en los ejes de aceleración transversal ax y ay, se
obtiene el tiempo de exposición que puede variar de un minuto a veinticuatro horas. Los límites de exposición
a vibraciones en el eje longitudinal az y en los ejes transversales ax y ay, se establecen en las Tablas 1 y 2,
respectivamente.