BIENES MUEBLES: Son aquellos que pueden trasladarse de un lugar a otro, ya sea por si mismos, o por una fuerza exterior, así como los derechos y acciones que tienen por objeto cosas muebles o cantidades exigibles por acción personal y aquellos cuyo destino sea, al ser separados de un inmueble, adquirir el carácter de muebles (ej. refrigerador). BIENES INMUEBLES: Son los que no pueden trasladarse de un lugar a otro, así como los derechos reales sobre inmuebles y aquellos que, siendo muebles por su naturaleza, son considerados inmuebles por el destino que de ellos se hace (ej. una casa).