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PARENTESCO, CESAR CRUZ TREJO - Coggle Diagram
PARENTESCO
Concepto
El parentesco tiene que ver con la relación jurídica que une a las personas entre sí, ya sea porque proviene unas de otras, o por creación de la ley. En la primera modalidad, el parentesco se denomina natural y en la segunda, legal.
El parentesco es la relación, biológico o no, que une a dos personas, miembros de una misma familia. Los vínculos de parentesco pueden generarse de tres formas diferentes: por consanguinidad, por afinidad y por adopción. Estos vínculos se organizan en líneas y se miden en grados de parentesco
Otra definición nos dice que el parentesco es una situación permanente que se establece entre dos o más personas por virtud de la consanguinidad, del matrimonio o de la adopción, para originar de manera constante un conjunto de consecuencias de derecho.
Clases
Como antes mencionado el parentesco se da por tres formas consanguínea, afinidad y adopción (civil), y deben estar declaradas y reconocidas por la ley, pues aun cuando podría pensarse que los vínculos derivados de la sangre los impone la naturaleza misma, también es cierto que sólo en la medida que el derecho reconozca la existencia de esos vínculos consanguíneos habrá parentesco para los efectos de la ley
En el parentesco por afinidad y en el parentesco civil o por adopción, la ley es la que determina quienes son los sujetos vinculatorios por la relación parental y los actos jurídicos (el matrimonio o adopción) que producirán las consecuencias de derecho.
Parentesco por afinidad
Artículo 4.119.- El parentesco por afinidad es el que se contrae por el matrimonio, entre un cónyuge
y los parientes del otro.
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Parentesco consanguíneo
Artículo 4.118.- El parentesco consanguíneo es el que existe entre personas que descienden de un
mismo progenitor.
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