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U2 (2.7 Cruz Teoría de la ley) - Coggle Diagram
U2
2.7 Cruz Teoría de la ley
conducta y ausencia.
conducta
primer elemento básico del delito
comportamiento humano
voluntario
,
positivo o negativ
o (omisión) encaminado a un
propósito.
puede ser cometida por acción o por omisión.
la
omisión
se divide en
omisión simple
y
comisión por omisión.
la acción en
dos sentido
s. En s
entido amplio
(conducta exterior
voluntari
a---hacer activo u omisión) produce un
**resultado
(
modificación
del mundo exterior o
peligro
que llegue a producirse)*
y por lo tanto
acción delictuosa
.
Delito de acción.
Se define como aquella
actividad
que realiza el sujeto, produciendo
consecuencias en el mundo jurídico
, en la
acción---movimiento
por parte del sujeto. ----------------- La
conducta de
acción
tiene
3 elementos
: movimiento--resultado--relación de causalidad.
La
conducta de acción
---movimiento voluntario---se viola --norma prohibitiva.
1 more item...
el hombre puede ser sujeto activo del delito y punible a las sanciones penales (único de tener voluntad)
La acción--actividad voluntaria ---sujeto--e
lemento físico
(movimiento) y e
lemento psíquic
o (voluntad)---resultado--- existe
un n
exo causa
l (conducta y resultado.)
La voluntad se refiere al
QUERER
de la acción (relación de causalidad), al presentarse un
nexo psicológico
entre el sujeto y la actividad.
n
exo causal
entre la acción y el resultado.
la conducta tiene
3 elementos
: un a
cto positivo o negativo
(acción u omisión),
un resultad
o y una
relación de causalidad
entre el acto y el resultado
acto--comportamiento humano positivo o negativo (omisión)--resultado.
positiva-
-acción ---actividad.
Omisión--i
nactividad (la ley espera una conducta del individuo y este deja de hacerla).
En la conducta ---
deber jurídico de abstenerse
y delitos de omisión--
deber jurídico de actuar
.
La
conducta como elemento del delito
, es antijuridica (infracción de una norma imperativa o directa) exige una acción
Ausencia de conducta:
actuación en forma involuntaria o inconsciente: movimientos reflejos, fuerza mayor, fuerza física, superior, irresistible tec.
delito culposo: no existe el deseo de producir la conducta delictiva.
2.8.2 Delito de omisión.
abstención del sujeto, cuando la ley ordena la realización de un acto determinado.
conducta inactiva--voluntad --inactividad--existe el deber jurídico de hacer algo.
la OMISIÓN tiene 4 elementos: manifestación de la voluntad--conducta pasiva (inactividad)--deber jurídico de obrar--resultado típico jurídico.
pueden lesionar bienes jurídicos tutelados por el derecho o ponerlos en peligro.