1°: Disposiciones generales del CFF

Art. 2

Contribuciones: Impuestos, aportaciones de seguridad social

Accesorios de las contribuciones: recargos, sanciones, gastos de ejecución

Art. 3

Aprovechamientos: ingresos que percibe el Estado

Productos: contraprestaciones por los servicios que preste el Estado

Art. 4

Créditos fiscales: los que tenga derecho a percibir el Estado o sus organismos

Art. 5

Interpretación de las Leyes Fiscales: Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares

Art. 6

Causación, determinación y fecha de pago a contribuciones: se causan conforme se realiza la situación jurídica o de hecho prevista en las leyes fiscales vigentes

Art. 7

Aplicación de las Leyes Fiscales: reglamentos y disposiciones administrativas de caracter general

Art. 8

Se entiende por México: lo que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos delimita como territorio nacional y la zona económica situafa fuera del mar

Art. 9

Residencia para efectos fiscales

Personas físicas: casa habitación en México, centro de interese vitales

Personas morales: cuando establezcan su sede dirección o administración principal

Art. 10

Domicilio fiscal

Persona física: con/sin actividad empresarial, el local que utilice o el principal en su defecto.

Persona moral: cuando sean residentes en el país, el local en donde esté la administración principal, en residentes extranjeros, la sede principal en el país

Art. 11

Ejercicio fiscal: coincide con el año del calendario, si se realiza después del 1° de enero se considera un ejercicio irregular. Si la sociedad entra el liquidación, el ejercicio termina anticipadamente

Art. 12

Días inhábiles: sábados, domingos, primer día del año, vacaciones otorgadas y días festivos calendarizados

Art. 13

Prácticas de diligencias: de 7:30 a 18 horas en días hábiles; tratandose de bienes y verificación de mercancía se trabaja 24/7

Art. 14

Enajenación de bienes: aportación a una sociedad o asociación, mediante arrendamiento financiero o por adjudicaciones

Art. 15

Arrendamiento fianciero: contrato que obliga al uso o goze temporal de bienes tangibles a plazo forzoso, obligado a liquidar en pagos parciales

No enajenación por fusión: la sociedad fusionante continúe realizando las actividades que
realizaban ésta y las sociedades fusionadas antes de la fusión

No enajenación por escisión: accionistas o dueños de las partes sociales deben conservar la misma proporción en el capital social

Art. 16

Actividades empresariales

Comerciales: las que de conformidad con las leyes federales tienen ese carácter

Industriales: entendidas como la extracción, conservación o transformación de materias primas

Agrícolas: actividades de siembra, cultivo, cosecha y la primera enajenación de los productos obtenidos

Ganaderas: cría y engorda de ganado, aves de corral y animales

Pesca: cría, cultivo, fomento y cuidado de la reproducción de toda clase de especies marinas y de agua dulce, incluida la acuacultura

Silvícolas: cultivo de los bosques o montes

Art. 17

Actualización: El monto de las contribuciones, aprovechamientos, así como de las devoluciones a cargo del fisco federal, se actualizará por el transcurso del tiempo y con motivo de los cambios de precios en el país