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CONTROL JURÍDICO O DE LEGALIDAD PROCEDIMIENTO, se presenta el informe…
CONTROL JURÍDICO O DE LEGALIDAD
PROCEDIMIENTO
Se inicia con una denuncia
formulada por
los congresistas
el fiscal de la nación
cualquier persona agraviada
Aprobación por la comisión permanente.
Culminada la investigación, la comisión permanente votará si formula acusación o no ante el Pleno del Congreso.
Calificación e Investigación
por la subcomisión de Acusaciones Constitucionales de la Comisión Permanente del Congreso
Aprobación de la acusación constitucional por el Pleno del Congreso.
Al Pleno corresponde aprobar la acusación constitucional con mayorías diferentes
Según se trata del antejuicio o del juicio político.
si se trata de una acusación por la presunta comisión de delitos de función
esta debe ser aprobada con el voto favorable de la mitad de más de uno del número de la comisión permanente.
sin incluir a los miembros de la comisión permanente.
antejuicio
si la acusación constitucional se refiere a la probable infracción de la Constitución
la sanción a imponerse
debe ser acordada con el voto conforme de los dos dos tercios del numero de miembros del Congreso
mayoría calificada
sin la participación de la comisión permanente
inhabilitación
destitución
suspensión
ELEMENTOS ESENCIALES DE PROCEDIMIENTO
EL CONTROL DE LEGALIDAD Y OTRAS FIGURAS
LA FIGURA EN LA PRACTICA
El Procedimiento inicia cuando el recurrente dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación de la sentencia del Tribunal Superior del Trabajo
solicitando el aplicar el Control de Legalidad de manera escrita, que en ningún caso podrá exceder de tres folios útiles y sus vueltos
se presenta el informe permanente
que posteriormente se establece un plazo
para que la subcomisión realice la investigación correspondiente