La asamblea constitutiva debe constituirse con cuando menos cinco socios (salvo las de ahorro y préstamo, que deben contar con al menos 2S socios), personas físicas, mexicanas o extranjeras, quienes deben aportar dinero, bienes o trabajo (físico, intelectual o de ambos) por cuando menos el valor de un certificado de aportación y exhibir, en el momento de su ingreso, cuando menos el importe de 10% de dicho certificado.