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4.11 ADOPCION - Coggle Diagram
4.11 ADOPCION
4.-LEGISLACION
La adopción es una institución jurídica que tiene por objeto proteger el derecho de los niños, niñas y adolescentes, a vivir y desarrollarse en una familia que le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades afectivas y materiales, cuando estos no le pueden ser proporcionados por su familia de origen
SUJETOS
a)La persona que asume los deberes y derechos inherentes a la patria potestad o a la condición de padre (adoptante), y
b) La persona que se sujeta a la especial filiación que la adopción supone (adoptado), y que es recibido de manera legal como hijo del adoptante.
ELEMENTOS
a) SUJETOS.- En este punto son dos en el cual está el Adoptante y Adoptado Adoptante.- Es la persona que recibe a un menor o incapacitado como hijo aún sin serlo
b) OBJETO.- Aquí se crea una relación jurídica imitando a la relación de padre e hijo y con esto garantizar la integración de un menor a un núcleo familiar con dos fines fundamentales
EFECTOS JURIDICOS
Artículo 54. Por la adopción, el adoptado adquiere la calidad de hijo consanguíneo de los adoptantes.
Artículo 55. La adopción extingue la filiación existente entre el adoptado y sus progenitores y el parentesco con las familias de estos, salvo para los impedimentos de matrimonio.
2.-HISTORIA
1.- Es en roma y en especial durante la época clásica, en donde la doption encuentra sistematización legal y por ende ventajas religiosas y políticas. Y digo religiosas, pues hay que recordar que los romanos rendían culto a sus dioses y a sus antepasados.
CODIGO NAPOLEON
ignora esta institución.
En cuanto a nuestro derecho, los códigos de 1870 y 1884 no reglamentaron esta institución toda vez que la consideraban ajena a nuestras costumbres. En ellos no se reconocía más parentesco que la consanguinidad y la afinidad.
VENUSTIANO CARRANZA EN 1917,
Fue hasta la ley de relaciones familiares, promulgada por Venustiano en donde aparece por primera vez esta figura jurídica. Define a la adopción como:
El acto legal por el cual una persona mayor de edad acepta a un menor como hijo,
adquiriendo respecto de él todos los derechos que un padre tiene y contrayendo todas las responsabilidades que el mismo reporta respecto de la persona de un hijo natural
estable que el menor adoptado tendrá los mismos derechos y obligaciones que un hijo natural es decir, solo entre adoptante y adoptado como si fuera una adopción simple.
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1.-¿QUE ES?
Rojina Villegas, nos dice que la adopción es un acto jurídico que tiene por objeto crear entre el adoptante y adoptado los mismos derechos y obligaciones, que origina la filiación natural entre padre e hijo, por lo que le da una connotación de acto jurídico mixto que se constituye por la intervención de uno o varios particulares y uno o varios funcionarios públicos