Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
Unidad III. Actividad I. ISR a Salarios y Seguridad Social. Eric Martínez.…
Unidad III. Actividad I. ISR a Salarios y Seguridad Social. Eric Martínez. 419016733
Fundamentos contitucionales
En el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se origina una ley que administrará los recursos de los fondos del instituto mejor conocido como INFONAVIT
Titulo Sexto, Artículo 123, fracción XII del apartado A de la constitución política de los estados unidos mexicanos:
“Se considera de utilidad social la expedición de un ley para la creación de un organismo integrado por representantes del gobierno federal de los trabajadores y de los patrones, que administre los recursos del fondo nacional de la vivienda. Dicha ley regulara las formas y procedimientos conforme a los cuales los trabajadores podrán adquirir en propiedad las habitaciones mencionadas.”
Organización y administración
Dirección General
Carlos Martínez Velázquez
Dirección Sectorial Empresarial
Carlos Javier Gutiérrez Ruiz
Dirección Sectorial de los Trabajadores
Mario Macías Robles
Comité Ejecutivo Nacional
Rafael Riva Palacio Pontones
El instituto tiene por objeto
Administrar los recursos del fondo nacional de la vivienda.
Establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener crédito barato para
Adquisición de propiedad de habitaciones cómodas e higiénicas
Construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de sus habitaciones
Pago de pasivos contraídos por conceptos anteriores
Coordinar y financiear programas de consturcción de habitaciones destinadas a los trabajadores
Sujetos obligados
Patrón con trabajadores: Todas aquellas personas físicas o morales que contraten trabajadores bajo el esquema de asalariados, en el que los trabajadores tienen el derecho de ser sujetos de aseguramiento aunque estén subcontratados para prestar sus servicios a otra persona física o moral que no es propiamente quien lo contrata.
Patrón sin trabajadores: Todas aquellas personas físicas o morales que adopten la figura de patrón ante el sujeto beneficiario por medio de contrato, sin tener contratados directamente a los trabajadores bajo el esquema de asalariados, sino mediante otro contrato con un tercero que sí es el patrón para efectos legales, laborales y de seguridad social ante las autoridades competentes.
Sujeto beneficiario: Todas aquellas personas físicas o morales que reciban el beneficio del trabajo personal subordinado de un empleado, sea cual sea el patrón que lo tiene contratado bajo el esquema de asalariado.
Salario base de aportación
Corresponde al 5% del salario
Obligaciones de los patrones
Proceder a inscribirse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto y dar los avisos.
Determinar el monto de las aportaciones del cinco por ciento sobre el salario de los trabajdores a su servicio y efectuar el pago en las entidades recepttoras que actúen por cuenta y orden del Instituto.
Hacer los descuentos a sus trabajadores en sus salarios, conforme a los previsto en el artículo 97 y 110 de la Ley Federal del trabajo.
Entre otros.
Expedir y entregar, ,semanal o quincelnalmente a cada trabajador constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibo, conforme a los periodo de pago establecidos.
Infracciones y Sanciones
Si el patrón no cumple con la obligación de inscribir al trabajador, o de enterar al instituto las aportaciones y descuentos a los salarios. No presentar altas y bajas, no conservar su domicilio fiscal, errores en los datos de identificación
Multa entre 186.99 a 21,815.5 pesos
Multa impuesta por la omisión de pago puede ir del 55% al 75%.
Ley del Instituto del fondo nacional de la vivienda para los trabajadores