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Procedimiento para el examen de Oposición para la obtención de la patente…
Procedimiento para el
examen de Oposición
para la obtención de la patente de Notario Público.
Presentar solicitud ante la Secretaría.
Acompañando los documentos que justifiquen los
requisitos establecidos en el Artículo 24 de esta Ley.
Estudio de la documentación presentada por el solicitante y aprobada que fuere.
Señalará día y hora para que tenga lugar el examen de oposición.
Cubrir la cuota que por concepto de examen fijen las
disposiciones fiscales vigentes en el Estado.
Forma
Prueba Teórica
Pública
Los aspirantes que no se presenten oportunamente a la prueba, perderán su turno y
tendrán derecho presentar el examen en una segunda vuelta.
El aspirante que no se presente a la segunda vuelta se tendrá por desistido, salvo que justifique su ausencia
por causa de fuerza mayor antes de que termine la oposición y a satisfacción del jurado
Serán examinados sucesivamente en el orden en que hayan
presentado su solicitud.
Se efectuará el día, hora y en el local que previamente haya
sido señalado por la Secretaría.
Reunido el jurado, cada uno de sus miembros interrogará al sustentante sobre cuestiones de derecho que
sean de aplicación al ejercicio de las funciones notariales.
Concluido el examen de cada
sustentante, el Secretario del jurado dará lectura al trabajo práctico del mismo.
Prueba Practica
Redacción de un instrumento notarial
Sorteado de veinte propuestos por el Colegio y aprobado por la Secretaría
En presencia del jurado, cada aspirante elegirá uno de los sobres que guardan los temas.
Dispondrán de cinco horas corridas para desarrollar el tema
El responsable colocará en sobres cerrados, firmados por ellos y
por los sustentantes y se entregarán al Secretario del Jurado.
Sobres cerrados y sellados.
Jurado
se integrará por:
I.- Un representante del Ejecutivo; (presidente)
II.- Un representante de la Secretaría;
III.- El Presidente del Colegio de Notarios; (secretraio)
IV.- Dos Notarios Públicos que nombrará el Colegio.
Concluida la prueba teórica de cada sustentante, los miembros del jurado emitirán
separadamente y por escrito la calificación que cada uno de ellos otorgue a las pruebas práctica y teórica.
Calificación mínima aprobatoria es de 8 (ocho).
El Presidente del Jurado, lo dará a conocer en público.
El aspirante que obtenga una calificación inferior a 8 (ocho) no podrá volver a presentar examen
Después de haber transcurrido un año.
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