Asimismo, converge con la IFRS 9 en cuanto a la clasificación y valuación de las cuentas por cobrar con base en el modelo de negocios de la entidad, pues al ser éste de cobrar el monto de la cuenta y, en su caso, de los intereses que genere, ésta se valúa a costo amortizado, una vez efectuado su reconocimiento inicial al valor razonable de la contraprestación a recibir, siendo generalmente su valor nominal igual a su costo amortizado.