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CÓDIGO DE ÉTICA DE SERVIDORES PÚBLICOS - Coggle Diagram
CÓDIGO DE ÉTICA DE SERVIDORES PÚBLICOS
Esta establecido en el artoculo 113 de la Constitución, y publicado en Diario Oficial de la Federación (DOF).
Apegándose a los principios de LEGALIDAD, HONRADEZ, LEALTAD, IMPARCIALIDAD Y EFICACIA.
PARÁFRASIS
: EL CUAL CONTIENE REGLAS GENERALES DE CONDUCTA SUSTENTADA EN LOS PRINCIPIOS RECTORES DEL SERVICIO PÚBLICO, QUE ORIENTAN LAS ACCIONES INDIVIDUALES DE LAS FUNCIONES FORTALECIENDO LOS COMPROMISOS, LA COMUNICACIÓN ASERTIVA, SOBRE LOS CUALES SE BASA UNA ORGANIZACIÓN.
BIEN COMÚN: Todas las acciones y decisiones del servidor público deben de estar dirigidas a la satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad. por encima de interes particulares.
NO debe influir en su juicio y conducta
INTEGRIDAD: Actuar con honestidad atendiendo siempre la verdad
credibilidad
cultura de confianza
apego a la verdad
Honradez: NO utilizar su cargo a beneficio o ventaja propio, o favorecer a terceros
No a las compensaciones
IMPARCIALIDAD: Sin preferencias, ser objetivo, sin prejuicios personales o influencia de otras personas
JUSTICIA: Apego a las normas jurídicas; conocer, cumplir y hacer cumplir
TRANSPARENCIA: Acceso a la información gubernamental, uso adecuado de los recursos públicos.
RENDICIÓN DE CUENTAS: Responsabilidad de desempeñar funciones, para mejoras continuas, modernización y optimización de recursos públicos
ENTORNO CULTURAL Y ECOLÓGICO: Debe evitar la afectación de nuestro patrimonio cultural, ecosistema. protección y conservación
GENEROSISDAD: Conducirse con actitud sensible solidaria, respeto y apoyo a la sociedad,
IGUALDAD: Debe prestar atención a todos los que tengan derecho a recibirlos sin importar la raza, sexo, religión, credo, o preferencia política.
RESPETO: Trato digno, cortes, cordial y tolerante
LIDERAZGO: Promotor de principio y valores en la sociedad como ejemplo personal y en el desempeño de su cargo.
Los valores específicos de observación tienen un sentido y un alcance por ejemplo:
B. ACTUACIÓN EN EL CARGO, EMPLEO O COMISIÓN.
C. MANEJO, DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS RECURSOS.
a. Sentido.
Los recursos materiales, humanos y financieros asignados a la Secretaría de la Defensa Nacional, deben ser
utilizados única y exclusivamente para la consecución del despacho de los asuntos que por Ley tiene encomendados;
en observancia a las disposiciones presupuestarias vigentes y en concomitancia con los criterios de racionalidad,
austeridad, disciplina y ahorro presupuestario.
b. Alcance.
Administrar de forma transparente, equitativa e imparcial los recursos humanos, materiales y financieros, para lograr
la eficiencia en las actividades encomendadas y privilegiar en todo momento la observancia de los criterios de
racionalidad, austeridad, disciplina y ahorro presupuestario.
Pugnar porque los bienes inmuebles propiedad de la Nación sean empleados únicamente en actividades oficiales.
Observar "Cero tolerancia" a la corrupción, al influyentismo, a las compras fuera de la normatividad, a la burocracia
administrativa y a la mediocridad laboral; y en su caso, denunciar los actos deshonestos en que se vean involucrados
los servidores públicos.
Ejercer los recursos financieros en tiempo y forma, para lograr la exacta cumplimentación de los objetivos
programados, así como recabar la documentación comprobatoria y justificativa que avale el ejercicio de éstos.
D. CAPTACIÓN Y ATENCIÓN DE LAS PETICIONES, QUEJAS Y DENUNCIAS DE LA SOCIEDAD.
E. ESPÍRITU DE COMPAÑERISMO