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EL SECTOR PÚBLICO EN EL MERCADO DE VALORES
Inversiones del Sector Público a través de las Bolsas de Valores
Las inversiones y compraventa de activos financieros que efectúen directa o indirecta
las entidades y organismos del sector público que excedan mensualmente del valor $ 2628,90 deberán realizarse
de forma obligatoria a través de los sistemas de negociación bursátiles interconectadas con las bolsas de valores del país
Se exceptúan de la obligatoriedad de realizar las inversiones y compra y venta de activos financieros:
Los depósitos monetarios en cuentas de ahorros y corrientes,
Las operaciones de reporto que efectúen las entidades y organismos del sector público
crediticia, cambiaría y financiera realice el Banco Central del Ecuador
Las subastas de valores y demás operaciones que con fines de política monetaria,
hasta cuando las operaciones sean implementadas en la bolsa de valores;
Las operaciones en el mercado extranjero estarán sujetos a las disposiciones del Directorio del Banco Central del Ecuador.
Actividades adicionales de la Corporación Financiera Nacional
Además de las operaciones autorizadas a realizar tanto en el mercado primario como en el secundario,
podrá intervenir como promotora o administradora de fondos de inversión y fideicomisos en los términos previstos en esta Ley.
De las obligaciones sobre las operaciones de las instituciones del sector público.
y a la Superintendencia de Compañías, la identidad de los comitentes y las condiciones de las transacciones efectuadas,
La casa de valores o el operador del sector público calificado, deberá informar al cierre del día a las bolsas de valores
la Superintendencia de Compañías comunicará sobre el particular al Ministerio de Economía y Finanzas y al Directorio del Banco Central del Ecuador.