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El Estado Constitucional - Coggle Diagram
El Estado Constitucional
Immanuel Kant, define lo que es la Ilustración
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Surgió una corriente política denominada liberalismo que planteó cambiar el sistema político, uno de los instrumentos propuestos para limitar el poder monárquico fueron la constitución
Constitución: Conjunto sistemático de normas jurídicas fundamentales que rigen la organización y funcionamiento del Estado.
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todo sistema de normas, por ejemplo las leyes y decretos que expide el congreso, tienen una "unidad
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Una constitución "blanda" es modificada conforme al mismo procedimiento que una ley común, es decir, conforme al principio de mayoría relativa.
Una constitución "rígida" en cambio es una constitución que tiene un proceso especial para su modificación, y se considera que es más difícil de modificar, pues requiere de un número de votos significativamente mayor que el de una ley común.
Art.135
La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerden las reformas o adiciones
Art.136 Esta Constitución no perderá su fuerza y vigor, aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia.
Art.103 Los Tribunales de la Federación resolverán toda controversia:
Por normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por esta Constitución
Por normas generales o actos de la autoridad federal
Por normas generales o actos de las autoridades de las entidades federativas
Art. 105
La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria:
- De las controversias constitucionales que, con excepción de las que se refieran a la materia electoral, se susciten entre:
- La Federación y una entidad federativa;
- La Federación y un municipio;
- El Poder Ejecutivo y el Congreso de la Unión; aquél y cualquiera de las Cámaras de éste o, en su caso, la Comisión Permanente;