Art. 210
Existir bajo una razòn social, que se formarà con el nombre de uno o màs comanditados seguidos por las palabras y compaìa u otros casos equivalentes, cuando en ellas no configuren todos, Al a razòn social o la denominacion, en su caso, se agregaràn las palabras "sociedad en comandita por acciones", o en su abreviatura "S. en C. por A."