El reconocimiento es un prerrequisito al, o a una consecuencia del establecimiento de relaciones diplomáticas plenas y normales con un nuevo Estado. Charles Fenwick define que “el procedimiento por el cual se ingresa a la comunidad internacional es reconocimiento y es la aceptación formal hecha por uno o varios miembros existentes de la comunidad internacional, de que un Estado o grupo político, que hasta ese momento no había detentado el título de miembro de la comunidad, estaba ya capacitado para ello, y que, en consecuencia podía disfrutar de todos sus derechos y privilegios de los miembros de la comunidad”.
-
-