Cuando la organización no persigue fi nes de
lucro, esto es, no reparte las utilidades entre sus socios o integrantes, la existencia de un
capital no se justifi ca, como no lo hace tampoco en el caso de las personas naturales, pues, al igual como ocurre en el caso de estas
últimas, no existe nada que se deba proteger, porque sus miembros no tienen derecho a
retirar las ganancias de la entidad