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Pasos administrativos para el cierre de centros educativos privados -…
Pasos administrativos para el cierre de centros educativos privados
Sanciones
Amonestación verbal ante faltas leves calificadas por autoridad distrital
Amonestación escrita ante fallas siguientes
Cuando el centro educativo privado se traslade o retire un estudiante no remita aviso respectivo
Por incumplimiento de actualización de información
Por retención de la papelería de los estudiantes
Por la entrega tardía de títulos y diplomas, cuando exista manifiesta negligencia del centro educativo privado
Procedimiento para cierre definitivo
Emitida la resolución y cancelación definitiva de los códigos se notifica al director
Culminado el ciclo escolar, coordinar plan de transferencia de archivos escolares
Dirección Departamental de Educación emitirá oficio de resolución para cancelar la autorización del Centro Educativo Privado
La Dirección Departamental de Educación hace público el listado de códigos y nombres de Centros Educativos clausurados
Informe circunstanciado del Director Departamental
Notificadas las autoridades del centro educativo privado, deben notificar a los padres de familia del cierre
Previa audiencia del director o propietario para establecer veracidad de la denuncia
Cierre
Temporal
Por carecer de población escolar
A requerimiento del propietario del centro educativo privado
Definitivo
incumplimiento en la prestación de servicios educativos ofrecidos
Por cobros no autorizados
Uso inadecuado de títulos y diplomas
por ofrecer carreras no autorizadas
Por falsedad de información de papelería oficial
Por emisión de títulos y diplomas falsos
Cierre Voluntario
Si el dictamen es favorable la subdirección técnica pedagógica convendrá con el centro educativo la transferencia de archivos escolares
Con el dictamen y la solvencia el director departamental emite resolución
La unidad de planificación analiza los motivos que fundamentan la solicitud de cierre
Los centros educativo privados deben contar con la autorización expresa del MINEDUC para proceder al cierre
Emitida la resolución la Sección de aseguramiento de la Calidad gestiona la cancelación definitiva de los códigos respectivos
Centros educativos no autorizados
El MINEDUC no reconocerá ningún servicio educativo prestado por centros educativos privados que presten servicios no regulados por el reglamento 52-2015