Los estados financieros debe revelarse información acerca de lo siguiente A) Integración indicando, en su caso, la política de valuación y la moneda o medida de intercambio de su denominación. B) en caso de que exista EEER debe revelarse su importe y las razones de su restricción y la fecha probable en que esta expira. C) El importe de los que estén destinados a un fin especifico. D) El efecto de los echos posteriores que, por su importancia, hayan modificado sustancialmente la valuación del efectivo en moneda extrajera, en metales preciosos amonedados y en inversiones disponibles a la vista, entre la fecha de los estados financieros y la fecha en que estos son autorizados para su emisión, esto con base en lo establecido en la NIF B-13.