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Determinación de las Contribuciones Locales - Coggle Diagram
Determinación de las Contribuciones Locales
Impuestos sobre nóminas (CDMX)
Sujeto, objeto, base y tasa del impuesto
Sujeto: El artículo 156 del CFDF establece que se encuentran obligadas al pago del impuesto sobre nóminas, las personas físicas y las morales que realicen erogaciones en dinero o en especie por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado, independientemente de la designación que se les otorgue.
Objeto: el artículo 156 del CFDF, para los efectos del impuesto sobre nóminas, se considerarán erogaciones destinadas a remunerar el trabajo personal subordinado
Base: El artículo 158 del CFDF señala que el impuesto sobre nóminas se determinará aplicando la tasa del 2.5% sobre el monto total de las erogaciones realizadas por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado.
Conceptos exentos
Instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo.
Aportaciones al SAR.
Gastos funerarios.
Jubilaciones, pensiones, haberes de retiro
Aportaciones al Infonavit y al Fovissste, destinadas al crédito para la vivienda de los trabajadores.
Cuotas al IMSSyal ISSSTE.
Las aportaciones adicionales que el patrón convenga otorgar a favor de sus trabajadores por concepto de cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez
Gastos de representación y viáticos.
Alimentación, habitación y despensas onerosas.
Intereses subsidiados en créditos al personal.
La PTU.
Sueldos de personas con discapacidad.
Aplicación Práctica
El Impuesto Sobre Nóminas o ISN es un impuesto estatal que grava la realización de pagos de dinero por concepto de remuneraciones al trabajo personal en relación de dependencia.
Impuestos sobre Erogaciones (Edo. de México)
El impuesto grava la realización de pagos en efectivo o en especie por concepto de Remuneraciones al Trabajo Personal en el Estado de México.
Sujeto, objeto, base y tasa del impuesto
Sujetos.- Las personas físicas y jurídicas colectivas que paguen remuneraciones al trabajo personal prestado dentro del territorio del Estado.
Objeto.- El trabajo personal prestado en el territorio del Estado de México.
Base.- Las remuneraciones al trabajo personal prestado en el Estado de México, en efectivo o en especie y con independencia de su denominación.
Tasa.- El 2.5% sobre el monto total de los pagos efectuados por concepto de remuneraciones al trabajo personal, es importante mencionar que a partir del ejercicio fiscal 2014 la tasa es del 3.0%
Aplicación Practica
Conceptos exentos
Gratificación anual
Tiempo extraordinario.
Prima vacacional.
Prima dominical.
Participación de los trabajadores en las utilidades (PTU).
Reembolso de gastos médicos, dentales, hospitalarios y ayuda para gastos de funeral.
Viáticos y gastos de viaje.
Fondo de ahorro.
Cuota de seguridad social de los trabajadores pagada por los patrones.
Seguro de gastos médicos mayores.
Previsión Social.