Ley de Educación Superior Nº 24.521 (1995)

Ed. Superior

Abarca

Instituciones de Formación Superior

.

Estatales

Privadas

Universitarias

No Universitarias

Nacionales

Provinciales

Municipales

Constituida por IF

Social

Técnico-profesional

Humanística

Artística

Docente

Objetivos de la Ed. Superior

Derechos y obligaciones

Los institutos de Educación Superior

Preparar para el ejercicio de la docencia en todos los niveles y modalidades del sistema educativo

Promover

Formar

Garantizar una mayor calidad y excelencia en todas las opciones institucionales del sistema

Profundizar los procesos de democratizacion en la Ed. Superior, construir a la distribución equitativa del conocimiento y asegurar la igualdad de oportunidades.

Articular la oferta educativa de los diferentes tipos de instituciones que la integran.

Propender a un aprovechamiento integral de los recursos humanos y materiales asignados.

científicos

profesionales

técnicos

con

una solida formación

compromiso con la sociedad

Fines de la Ed. Superior

Desarrollar las actitudes y valores

Que requiere la formación de personas

Capaces de

Consolidar el respeto al medio ambiente, a las instituciones de la República y a la vigencia del orden democrático.

Mejorar la calidad de vida

Criticas

Reflexivas

Con conciencia ética y solidaria

Responsables

Proporcionar formación

técnica

humanistica

profesional

científica

Promover la generación y desarrollo del conocimiento en todas sus formas

Contribuir a la preservación de la cultura nacional

El desarrollo de la investigación y las creaciones artísticas, contribuyendo al desarrollo científico, tecnológico y cultural de la Nación.

Una adecuada diversificación de los estudios de nivel superior que atiendan las expectativas y demandas, los requerimientos del sistema cultural y de la estructura productiva.

Mecanismos asociados para la resolución de los problemas nacionales, regionales, continentales y mundiales.

Incrementar y diversificar las oportunidades de actualización, perfeccionamiento y reconversión para integrantes y egresados.

La formación de docentes para los distintos niveles de enseñanza de formación no universitaria debe realizarse en instituciones reconocidas que integran la Red Federal de Formación Docente Continua o universidades que ofrezcan carreras con esa finalidad.

Podrán proporcionar formación superior de ese carácter en el área de que se trate y/o actualización, re formulación o adquisición de nuevos conocimientos y competencias a nivel pos título.

Funciones Básicas

Formar y capacitar para el ejercicio de la docencia en los niveles no universitarios del sistema educativo.

Proporcionar educación superior de carácter instrumental en las áreas humanísticas sociales, técnico- profesionales y artistas.

Vinculadas a

La vida cultural y productiva local y regional.

Validez de títulos y planes de estudio

Los planes de estudio y títulos habilitan el ejercicio de la docencia en los niveles no universitarios del sistema, establecidos respetando contenidos básicos para la formación docente que serán acordados en el seno del Consejo Federal de Cultura y Educación. La validez nacional está sujeta al previo reconocimiento de dichos planes por la instancia que determine el Consejo.

Los títulos y certificados de perfeccionamiento y capacitación docente expedidos por las instituciones de educación superior oficiales o privadas reconocidas, que respondan a las normas fijadas por el Consejo, tendrán validez nacional y serán reconocidas por las jurisdicciones.

Docentes

Estudiantes

Derechos

De las instituciones estatales
de educación superior, sin perjuicio
de lo dispuesto por la legislación especifica:

a) Acceder a la carrera académica mediante concurso
publico y abierto de antecedentes y oposición:

b) Participar en el gobierno de la institución a la que pertenecen, de acuerdo a las normas legales pertinentes:

c) Actualizarse y perfeccionares de modo continuo
a través de la carrera académica:

d) Participar en la actividad gremial.

Deberes

De las instituciones estatales
de educación superior:

a) Observar las normas que regulan el funcionamiento
de la institución a la que pertenecen;

b) Participar en la vida de la institución cumpliendo con responsabilidad su función docente, de investigación y de servicio;

c) Actualizarse en su formación profesional y cumplir con las exigencias de perfeccionamiento que fije la carrera académica.

Derechos

Los estudiantes de las instituciones
estatales de educación superior

a) Al acceso al sistema sin discriminaciones de ninguna naturaleza.

b) A asociarse libremente en centros de estudiantes,
federaciones nacionales y regionales, a elegir sus representantes y a participar en el gobierno y en la vida de la institución, conforme a los estatutos, lo que establece la presente ley y, en su caso, las normas
legales de las respectivas jurisdicciones;

c) A obtener becas, créditos y otras formas de apoyo económico y social que garanticen la igualdad de oportunidades y posibilidades, particularmente para el acceso y permanencia en los estudios de grado, conforme a las normas
que reglamenten la materia;

d) A recibir, información para el adecuado
uso de la oferta de servicios de educación superior;

e) A solicitar, cuando se encuentren en las situaciones previstas en los artículos 1º y 2º de la ley 20.596, la postergación o adelanto de exámenes o evaluaciones parciales o finales cuando las fechas previstas para los mismos se encuentren dentro del periodo de preparación y/o participación.

f) Las personas con discapacidad, durante las evaluaciones,
deberán contar con los servicios de interpretación y
los apoyos técnicos necesarios y suficientes.
(Inciso incorporado por
art. 2° de la Ley N° 25.573 B.O.30/04/2002)

Obligaciones

De los estudiantes de las instituciones
estatales de educación superior:

a) Respetar los estatutos y reglamentaciones
de la institución en la que estudian;

b) Observar las condiciones de estudio, investigación,
trabajo y convivencia que estipule la
institución a la que pertenecen;

c) Respetar el disenso, las diferencias individuales,
la creatividad personal y colectiva y
el trabajo en equipo.

Correa, Diaz, Marchisone