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CAUSAS DE LA MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN, Y TERMINACIÓN COLECTIVA DE LAS…
CAUSAS DE LA MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN, Y TERMINACIÓN COLECTIVA DE LAS RELACIONES DE TRABAJO.
MODIFICACIÓN
Artículo 426.- Los sindicatos de trabajadores o los patrones podrán solicitar de los Tribunales la
modificación de las condiciones de trabajo contenidas en los contratos colectivos o en los contratos-ley:
I. Cuando existan circunstancias económicas que la justifiquen; y
II. Cuando el aumento del costo de la vida origine un desequilibrio entre el capital y el trabajo
SUSPENSIÓN
Artículo 427.- Son causas de suspensión temporal de las relaciones de trabajo en una empresa o
establecimiento:
I. La fuerza mayor o el caso fortuito no imputable al patrón, o su incapacidad física o mental o su muerte, que produzca como consecuencia necesaria, inmediata y directa, la suspensión de los trabajos;
II. La falta de materia prima, no imputable al patrón;
III. El exceso de producción con relación a sus condiciones económicas y a las circunstancias del
mercado;
V. La falta de fondos y la imposibilidad de obtenerlos para la prosecución normal de los trabajos, si
se comprueba plenamente por el patrón; y
IV. La incosteabilidad, de naturaleza temporal, notoria y manifiesta de la explotación;
VI. La falta de ministración por parte del Estado de las cantidades que se haya obligado a entregar a las empresas con las que hubiese contratado trabajos o servicios, siempre que aquéllas sean indispensables y;
VII. La suspensión de labores o trabajos, que declare la autoridad sanitaria competente, en los
casos de contingencia sanitaria.
TERMINACIÓN
VII. La suspensión de labores o trabajos, que declare la autoridad sanitaria competente, en los
casos de contingencia sanitaria.
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I. La fuerza mayor o el caso fortuito no imputable al patrón, o su incapacidad física o mental o su muerte, que produzca como consecuencia necesaria, inmediata y directa, la terminación de los trabajos;
V. El concurso o la quiebra legalmente declarado, si la autoridad competente o los acreedores
resuelven el cierre definitivo de la empresa o la reducción definitiva de sus trabajos.
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