Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
REGLAMENTO DE LA LEY N° 29783, LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO…
REGLAMENTO DE LA LEY N° 29783, LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (TÍTULO IV)
-
-
ARTICULO 27
La formación debe estar centrada en la función que desempeña, los cambios que se pueda producir y se debe de tener en cuenta los riesgos que se puede producir y tomar una prevención adecuada.
ARTICULO 28
Se debe brindar capacitaciones dentro de la jornada de trabajo con el fin de brindar los conocimientos teóricos- prácticos, sobre las funciones que va ejercer cada trabajador, sus responsabilidades y actividades que deben cumplir. Esto es un de los requisitos importantes de seguridad y salud en el trabajo con el fin que puedan monitorear su cumplimiento en el período de trabajo.
ARTICULO 29
Los programas de capacitación deben tener en cuenta ciertos puntos específicos: Con los fines preventivos, con esto busca prevenir los cambios en el personal y deterioro de sus habilidades. Con fines correctivos, busca solucionar la situación de riesgo presentes en sus labores.
ARTICULO 30
El trabajador debe tener en cuenta los riesgos en el trabajo y deben de proporcionar un documento por escrito, las descripciones de lo que va a realizar, recomendaciones de seguridad y salud en el trabajo, debe de entregarse el primer día de trabajo.
-
-
ARTICULO 36
Los trabajadores y los representantes de las organizaciones sindicales tienen el derecho de consultar los registros del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, con excepción de la información relativa a la salud del trabajador que sólo será accesible con su autorización escrita.