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Instituciones De Registro Para Una Empresa, La legalidad empresarial,…
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La legalidad empresarial
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Obligaciones laborales
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- Inscripción de contratos de trabajo.
¿Cuándo?: Cada vez que se emplea a un nuevo trabajador se debe elaborar un contrato de trabajo, el cual debe inscribirse en el Ministerio de Trabajo.¿Dónde?: En el Ministerio de Trabajo
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- Otras obligaciones laborales
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Obligaciones tributarias
- Pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA)
¿Cuándo?: El impuesto a la transferencia de bienes y prestación de servicios (IVA) se debe declarar y pagar de manera mensual, los primeros 10 días hábiles de cada mes.
¿Cómo se calcula el impuesto del IVA? La tasa de impuesto que se aplica a la base imponible, venta de bienes muebles y servicios prestados, es del 13%. (CAPITULO VII: DE LA FACTURACION POR CUENTA DEL VENDEDOR, Ley del IVA).
- Declaración del Pago a Cuenta (ISR)
¿Cuándo?: El pago a cuenta se debe cancelar mensualmente en concepto de anticipo del impuesto sobre la renta. Los primeros 10 días hábiles de cada mes.
¿Cómo calcular el monto a cancelar en concepto de Pago a Cuenta? El pago a cuenta se calcula determinando el total de ingresos brutos de la empresa y multiplicándolo por la tasa 1.5%.
- Declaración anual del Impuesto sobre la Renta
¿Cuándo?: La declaración puede ser presentada y pagada entre el mes de enero a abril. La fecha límite es el mes de abril.
¿Cómo calcular el Impuesto sobre la Renta a Pagar? El impuesto de Sobre la Renta a pagar es igual al 25% de la Renta Neta (Renta Gravada – Costos y gastos deducibles) + 10% de la Ganancia de Capital generada durante el periodo fiscal; menos el total cancelado en concepto de Pago a cuenta (Aplica para sociedades).
Obligaciones municipales
Después de haber inscrito una empresa en la alcaldía del municipio donde se encuentre el negocio, se tiene una obligación de estar pagando un impuesto municipal.
¿Cuándo? Dependiendo el rubro de la empresa, se va a tener que pagar el impuesto Mensualmente: con un impuesto fijo.
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Mayores de 18 años
Menores de 18 años
- Presentarse uno de los padres, tutor, curador, procurador o apoderado, adjuntando la documentación que compruebe la calidad con la que actúan.
- Certificación de Partida de Nacimiento del menor.
- DUI, Pasaporte (Extranjeros) y NIT del padre o madre del menor, tutor, curador, procurador o apoderado.
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Extranjeros
- En el caso del menor de edad deberá presentarse uno de los padres, tutor, curador o apoderado, adjuntando la documentación que compruebe la calidad con la cual actúa, así como copia de su DUI o Pasaporte en caso de ser extranjero.
- Documento Único de Identidad (DUI).
- Si comparece personalmente no necesita llenar el Formulario F-210, ya que le será completado por el personal del área de registro de contribuyentes de forma automatizada.