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Formas legales de terminación de la relación laboral, Código del Trabajo…
Formas legales de terminación de la relación laboral
Causas para la terminación del contrato individual de trabajo
Código del Trabajo Art. 169.-
Por las causas legalmente previstas en el contrato
Por acuerdo de las partes
Por la conclusión de la obra, período de labor o servicios objeto del contrato
No hay necesidad de desahucio ni otra formalidad
Por muerte o incapacidad del empleador o extinción de la persona jurídica contratante
si no hubiere representante legal o sucesor que continúe la empresa o negocio.
Por muerte del trabajador o incapacidad permanente y total para el trabajo
Por caso fortuito o fuerza mayor que imposibiliten el trabajo
Incendio, terremoto, tempestad, explosión, plagas del campo, guerra
Cualquier acontecimiento extraordinario que los contratantes no pudieron prever o que previsto, no lo pudieron evitar
Por voluntad del empleador en los casos del artículo 172 de este Código (VISTO BUENO)
Por voluntad del trabajador según el artículo 173 de este Código (VISTO BUENO)
Por DESAHUCIO presentado por el trabajador.
Visto bueno
Empleador
Código del Trabajo Art. 172.-
Faltas repetidas e injustificadas de puntualidad o de asistencia al trabajo por un tiempo mayor de tres días consecutivos.
Por indisciplina o desobediencia graves a los reglamentos internos legalmente aprobados
Por falta de probidad o por conducta inmoral del trabajador
Por injurias graves irrogadas al empleador, su cónyuge o conviviente en unión de hecho, ascendientes o descendientes, o a su representante
Por ineptitud manifiesta del trabajador, respecto de la ocupación o labor para la cual se comprometió
Por denuncia injustificada contra el empleador respecto de sus obligaciones en el IESS
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Trabajador
Código del Trabajo Art. 173.-
Por injurias graves inferidas por el empleador, sus familiares o representantes al trabajador, su cónyuge o conviviente en unión de hecho, ascendientes o descendientes.
Por disminución o por falta de pago o de puntualidad en el abono de la remuneración pactada.
Por exigir el empleador que el trabajador ejecute una labor distinta de la convenida.
En casos de sufrir acoso laboral, cometido o permitido por acción u omisión por el empleador o empleadora o sus representantes
ilegales.
Desahucio
Código del Trabajo Art. 185.-
Bonificaciones por desahucio
Código del Trabajo Art. 184.-
Es el aviso con el que una de las partes hace saber a la otra que su voluntad es la de dar por terminado el contrato.
Se realizará con al menos quince días
Referencias
Código del Trabajo. (2020). Artículos: 169,172, 173, 184, 185