Cuando nos refiriéramos a la exploración y explotación de los recursos naturales (mineros, petroleros, pesquerías, viento, agua, radiación solar, energía hidráulica, energía geotérmica, productos agrícolas, bosques, etc.) existentes en el ámbito territorial de un Estado, deberá de considerarse la existencia de un principio de Derecho Internacional que reconoce la soberanía «permanente» de los Estados sobre los recursos naturales existentes en su territorio, como elemento básico del derecho a la libre determinación, siendo un derecho inalienable.