ARTÍCULO 19° El ejercicio docente, es un componente esencial en la práctica profesional del psicóloqo, tiene como propósito la transmisión de conocimientos, para lo cual ell Psicólogo docente debe procurar su capacitación y formación docente con el propósito de trasmitir conocimientos actualizados, adiestramiento en habllldades y competencias, la formación de actitudes, el desarrollo del espíritu crítico, la libertad de pensamiento, es decir, la formación integral del educando que haga posible un ejercicio profesional de elevado tono moral. La relación docente...alumno se inscribe en el marco de las normas morales establecidas, por lo que su conducta debe ser ejemplo para sus alumnos.
ARTÍCULO 20º En el ejercicio profesional del psicólogo como docente para la presentación de casos específicos con fines académicos, solicitará el consentimiento de la persona examinada.
ARTÍCULO 21º El Psicólogo que ejerza docencia, debe mantener una relación neutral y alturada con sus alumnos, evitando la intensidad afectiva que pueda llevar a relaciones que desnaturalicen la labor docente.