DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO
Definición
Conjunto de normas jurídicas que tiene por objeto la regulación de las relaciones entre los trabajadores colectivamente organizados en defensa de sus intereses y un empleador, un grupo de empleadores o una entidad representativa de empleadores.
Características
Busca equilibrar las fuerzas de los sujetos laborales, trabajadores y empleadores.
Se encuentra conformado por normativa nacional e internacional
Sujeto principal es la organización sindical
Fuentes
Acontecimientos jurídicos que originan, modificación o extinción de las normas laborales
Normas reglamentarias emitidas por el Poder Ejecutivo
Convención colectiva
Convenios y recomendaciones OIT
Laudos Arbitrales
Ley y normas de jerarquía similar
Jurisprudencia
Constitución Política
Doctrina jurídica
En el Art. 28 de la misma reconoce las instituciones del derecho colectivo del trabajo consagrado los derechos de sindicación, negociación colectiva y la huelga
Las leyes o normas con rango de ley más relevantes son: D.L. N°25593, Ley N°27912, Ley relaciones colectivas de trabajo, Ley N°27556, D.L. N°1187
Tratados internacionales en materia de trabajo y seguridad social. Los más importantes son: Convenios Nros: 87, 98, 135,141,151,154 y las Recomendaciones Nros: 91, 143,149,159,163
Tenemos a: D.S. N°011-92-TR, R.M N° 053-93-TR, D.S. N°009-93-TR, R.M N°087-94-TR, R.M N° 051-96-TR, D.S. N°006-2001-TR, R.M N° 104-2002-TR, R.M N° 290-2005-TR, D.S. N°013-2006-TR, D.S. N°006-2013-TR, D.S. N°007-2014-TR, D.S. N°013-2014-TR, R.M. N°300-2016-TR, D.S. N°003-2017-TR, D.S. N°009-2017-TR
Acuerdo que permite, crear, modificar o extinguir derechos obligaciones referidas a remuneraciones, condiciones de trabajo, productividad y demás aspectos concernientes a las relaciones laborales
Se dictan para dar solución a conflictos laborales de naturaleza económica, teniendo lo decidido por el laudo carácter general y regulador de las relaciones de trabajo.
Precedente judicial
Sentencias Constitucionales
Decisión judicial que establece criterios jurídicos para solución de conflictos. Tenemos a: Cas. Lab. N°7111-2014 LIMA, Cas. Lab. N°5481-2015 LIMA NORTE, Cas. Lab. N°12901-2014 CALLAO, Cas. Lab. N°10406-2016 LIMA, Cas. Lab. N°4255-2017 LIMA
Precedente constitucional vinculante, tenemos: EXP. N° 0785 - 2004-PA/TC, EXP. N° 03311 - 2005-PA/TC, EXP. N° 00025 - 2007-PI/TC, EXP. N° 03561 - 2009-PA/TC, EXP. N° 03243 - 2012-PA/TC, EXP. N° 00018 - 2013-PI/TC
Conjunto de opiniones emitidas por los estudiosos del derecho especialmente de quienes tienen reconocida calidad para hacerlo, con la finalidad de interpretar y facilitar la aplicación de las normas jurídicas.
Sujetos
Organizaciones sindicales o agrupaciones
Empleadores individual o colectivamente organizados
Los trabajadores pertenecientes a las organizaciones sindicales deberán encontrarse sujetos al régimen laboral de la actividad privada, cualquiera fuera la calidad del empleador
Empresas pertenecientes al ámbito de la Actividad Empresarial del Estado
Entidades estatales, conde sus trabajadores se encuentren bajo el régimen laboral de la actividad privada
Persona jurídica privada