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MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL DECRETO NUMERO 1011 DE 2006, Gestión…
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
DECRETO NUMERO 1011 DE 2006
DEFINICION
El decreto reglamenta y crea el SOGC ( Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de
Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Es el conjunto de instituciones, normas, requisitos, mecanismos y procesos deliberados y sistemáticos del sector salud
Para generar, mantener y mejorar la calidad de servicios de salud del país.
COMPONENTES
El SOGCS está integrado por cuatro componentes
1.Sistema Único de Habilitación (SUH)
Programa de Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad (PAMEC)
Sistema Único de Acreditación (SUA)
Sistema de Información para la Calidad en Salud
Realiza el seguimiento y evaluación de la gestión de la calidad de la atención en salud en el SOGC
Brinda información a los usuarios para elegir libremente con base a la calidad de los servicios
De manera que puedan tomar decisiones informadas en el momento de ejercer los derechos que para ellos contempla el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Ofrecer insumos para la referenciación por calidad que permita materializar los incentivos de prestigio del Sistema.
Conjunto de procesos, procedimientos y herramientas de implementación voluntaria y periódica por parte de las entidades a las que se refiere el artículo 2 del presente decreto.
Empresas administradoras de planes de beneficio EAPB
Destinados a comprobar el cumplimiento gradual de niveles de calidad superiores a los requisitos mínimos obligatorios.
Para la atención en salud, bajo la dirección del Estado y la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud
Es el mecanismo sistemático y continuo de evaluación y mejoramiento de la calidad
Respecto de la calidad esperada de la atención de salud que reciben los usuarios.
Es el conjunto de normas, requisitos y procedimientos
Se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica, de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico administrativa.
Para la entrada y permanencia en el Sistema, los cuales buscan dar seguridad a los usuarios frente a los potenciales riesgos asociados a la prestación de servicios
Son de obligatorio cumplimiento por parte de los prestadores de servicios de salud y las empresas administradoras de planes de beneficios
CARACTERISTICAS
Las acciones que desarrolle se orientaran a la mejora de los resultados de la atención en salud
Centrados en el usuario
Accesibilidad
Posibilidad que tiene el usuario de utilizar los servicios de salud
que le garantiza el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Oportunidad
Posibilidad que tiene el usuario de obtener los servicios que
requiere, sin que se presenten retrasos que pongan en riesgo su vida o su salud.
Seguridad
Conjunto de elementos estructurales, procesos, instrumentos y
metodologías basadas en evidencias científicamente probadas
Minimizar el riesgo de sufrir un evento adverso en el proceso de atención de salud o
de mitigar sus consecuencias.
Pertenencia
Grado en el cual los usuarios obtienen los servicios que requieren
Mejor utilización de los recursos de acuerdo con la evidencia científica y sus
efectos secundarios son menores que los beneficios potenciales.
Continuidad
Grado en el cual el usuario recibe intervenciones requeridas, mediante una secuencia lógica y racional de actividades
Basado en el conocimiento cientifico
Referencias bibliográficas: minsalud.gov.co, SF, Ministerio de Salud, Sistema obligatorio de garantías en calidad y salud, recuperado de:
https://www.minsalud.gov.co/salud/PServicios/Paginas/sistema-obligatorio-garantia-calidad-SOGC.aspx
minsalud.gov.co, 03 abril 2006, Ministerio de la protección social,DECRETO NUMERO 1011 DE 2006, recuperado de:
https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/DECRETO%201011%20DE%202006.pdf
Gestión administrativa en salud, UNAD