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PRINCIPIOS GENERALES DEL PROCESO PENAL DEL SISTEMA PROCESAL MIXTO
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PRINCIPIOS GENERALES DEL PROCESO PENAL DEL SISTEMA PROCESAL MIXTO
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PRINCIPIOS
Principio de secrecía. Solamente en su fase inicial, o sea en la Averiguación Previa, en donde las actuaciones ministeriales son reservadas.
Principio de inmediatez. Prevalece en todo momento las primeras declaraciones de las personas, pero se prevé la posibilidad de dar valor a sus posteriores declaraciones si prueba la causa de retractación.
Principio de oficiosidad
Se crea la figura del Ministerio Publico. Es el que detenta el monopolio del ejercicio de la acción penal.
Se crean los delitos de querella necesaria. En los cuales no se puede iniciar la Averiguación Previa, y menos ejercer la acción penal, a menos que la persona legitimada decida presentar su querella.
Escritura y oralidad. Es el medio de hacer constar las actuaciones y las comparecencias en el juicio. Predomina la escritura.
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Principio de publicidad. Garantiza el correcto desenvolvimiento del proceso y la debida actuación del juez.
Principio de impulso procesal. Las partes tienen la carga de presentar las promociones necesarias desde la demanda hasta la conclusión.
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Principio de congruencia de las sentencias. La sentencia se debe dictar conforme a lo que se ha llevado a cabo en las audiencias
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ETAPAS
PRIMERA INSTANCIA
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Etapa prelimiar
Averiguación Previa. Es llevada por el Ministerio Público, quien se encarga de recabar las pruebas.
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