Las desheredaciones de los liberi varones deberían hacerse de forma individual (nominatim), las de las mujeres podian hacerse globalmente. La preterición de un heres suus provocaba la anulación del testamento; la de los demás liberi sólo la participación delos preteridos, manteniéndose en lo demás las disposiciones testamentarias.
También reglamentó el pretor la sucesión forzosa otorgada al patrono del testador; así, si unlibertono teníaliberi o los hubieradesheredado, debíadejarle al patrono o a sus hijos. cuando menos la mitad de su herencia y, si no lo hacia, el patrono o sus hijos podían pedir la bonorum possessio contra tabulas.