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Factores y Dependientes (Los principales podrán despedir a sus…
Factores y Dependientes
FACTORES Son los que tengan la dirección de alguna empresa o establecimiento fabril o comercial, o estén autorizados para contratar respecto a todos los negocios concernientes a dichos establecimientos o empresas, por cuenta y en nombre de los propietarios de los mismos
DEPENDIENTES Son los que desempeñen constantemente alguna o algunas gestiones propias del tráfico, en nombre y por cuenta del propietario de éste. Todo comerciante en el ejercicio de su tráfico, podrá constituir factores y dependientes.
Los factores deberán tener la capacidad necesaria para obligarse, y poder o autorización por escrito de la persona por cuya cuenta hagan el tráfico.
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Los poderes conferidos a un factor se estimarán en todo caso subsistentes mientras no
le fueren expresamente revocados, o haya sido enajenado el establecimiento de que estaba encargado.
Los actos y contratos ejecutados por el factor serán válidos respecto de su principal, mientras no llegue a noticia del factor la revocación del poder o la enajenación del establecimiento o empresa de que estaba encargado
Los dependientes encargados de vender se reputarán autorizados para cobrar el importe de las ventas y extender los correspondientes recibos a nombre de los principales, siempre que las ventas sean en almacén público y al por menor; o siendo al por mayor, se hayan verificado al contado y el pago se haya hecho en el almacén.
La recepción de mercancías que el dependiente hiciere por encargo de su principal, se
tendrá como hecha por éste.
Sólo con autorización de sus principales, podrán los factores y dependientes delegar en
otros los encargos que recibieron de aquellos.
Los principales indemnizarán a los factores y dependientes de los gastos que hicieren y
pérdidas que sufrieren en el desempeño de su encargo, salvo lo expresamente pactado a este respecto.
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