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Guerra y Paz: La evolución del derecho internacional (Prohibición de la…
Guerra y Paz: La evolución del derecho internacional
Regulación de la guerra y la paz: ius ad bellum y ius in bello
ius ad bellum
Hace referencia al derecho a recurrir a la guerra, uso de la fuerza armada
ius in bello
Hace referencia a la regulación de la conducta
de los combatientes durante el curso de las hostilidades, mientras persiste el conflicto armado
Prohibición de la amenaza y el uso de la fuerza armada
La prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza ha sido considerada, además, una norma
consuetudinaria que vincula a todos los estados por parte de la Corte Internacional de Justicia.
Creación del Consejo de Seguridad, órgano al que atribuye la responsabilidad primordial del mantenimiento de la paz y la seguridad internacional
Cinco miembros permanentes
Diez miembros no permanentes, que son elegidos por la Asamblea General y se van renovando cada dos años.
La Carta de las Naciones Unidas, adoptada en la Conferencia de San Francisco el 26 de junio de
1945.
Excepción de legítima defensa
Reside en los supuestos de legítima defensa. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51 de la CNU
Requisitos
Debe existir un ataque armado..
El objetivo debe ser detener una acción ya iniciada.
El uso de la fuerza debe ser temporal, provisional o transitorio, y debe finalizar cuando el
Consejo de Seguridad haya adoptado las medidas necesarias.
Existe el deber de informar al Consejo de Seguridad.
Práctica internacional durante el periodo de la Guerra fría
Las soluciones alternativas
Ante que cualquier cosa fallara se vieron creadas soluciones alternativas
El capítulo «VI y medio»: las «operaciones de mantenimiento de la paz»
El capítulo «VI y medio»: las «operaciones de mantenimiento de la paz»
La Resolución 377 A (Unión pro Paz) de la Asamblea General
El uso unilateral de la fuerza armada
El final de la Guerra fría y la redefinición de la seguridad
colectiva
ampliación del concepto de seguridad y la redefinición de la agenda de paz
En este sentido, en la cumbre del Consejo de Seguridad celebrada en enero de 1992 se prestó especial
atención a las armas de destrucción masiva y a la proliferación nuclear.
El resurgimiento de las OMP
se ha modificado en relación con las OMP es la denominación, ya que ahora se habla de operaciones de paz
autorización del uso de la fuerza por el Consejo de Seguridad
Durante los últimos años el Consejo de Seguridad ha autorizado el uso de la fuerza armada en acuerdos y organismos regionales
uso unilateral de la fuerza sin la autorización del Consejo de Seguridad
Uso unilateral de la fuerza arma- da sin autorización previa del Consejo de Seguridad, con algunos casos.
Derecho Penal Internacional
Cada uno de los estados ha configurado su propio sistema penal sustantivo y procesal.
La existencia de principios diferentes y de diferentes combinaciones entre ellos en las legislacio-
nes penales estatales conlleva la aparición de conflictos de jurisdicción,
BIBLIOGRAFIA:
Prigau, A. (2009). GUERRA Y PAZ: LA EVOLUCION DEL DERECHO INTERNACIONAL (Generalitat de Cataluña ed., Vol. 3). Recuperado de
https://classroom.google.com/c/NTQwNjkwNzY2MjVa/a/NTY0ODMyOTEyNjRa/details