EL IMPORTADOR pagara el precio establecido en el contrato de compraventa, obtendra, si procede y así lo estima oportuno, las licencias de importación u otras autorizaciones necesarias, Comunicar al exportador, con tiempo suficiente, el nombre del transportista u otra persona designada para recoger la mercancía; así como el modo de transporte utilizado, la fecha y el punto (dentro del lugar acordado) de recogida concretos.