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UNIDAD DE COMPETENCIA II DERECHO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS…
UNIDAD DE COMPETENCIA II
DERECHO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
Conceptualización de la información.
Conjunto de datos.
Procesados y ordenados.
Principios propios del derecho.
El derecho por
principios
1.- Definición
Derecho a acceder a la información pública
La ley protegerá a las personas a cualquier violación hacia sus derechos.
Tratamiento a sus datos personales.
Distinción con Derecho a la Información.
Estudio de los fenómenos
informativos.
Comunicación humana.
La regulación jurídica.
Medios de comunicación.
Proceso de comunicación.
Naturaleza.
a. Garantía social.
El derecho a la información.
La libertad de expresión
b. Garantía individual
Consistente en cualquier gobernado
Solicite y obtenga de los órganos del Estado.
c. Derecho humano.
Derecho
Fundamental para todos los seres humanos
El Estado establecerá las limitaciones a nivel normativo
C. Sujetos
Los Gobernados.
(sindicatos y comunidades
agrarias).
(sociedades y asociaciones).
(personas morales y oficiales)
El Estado.
Está obligado a generar canales propios o trasmitir información.
Dar acceso de las personas a la información.
Privacidad
y la dignidad de las personas.
Los Medios de Comunicación.
Todo gobernado tiene derecho a informar y ser informado.
Se entiende a la libertad de expresión.
Proceso de la comunicación.
D. Marco Jurídico.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Libertad política
de manifestación de ideas.
La demanda ciudadana de conocer todo.
Celebrado proceso
electoral.
a. Artículo 6.
No atacar la moral.
No alterar el orden público.
No causar algún delito.
Promoción de una cultura y educación política.
b. Artículo 7.
Libertad de
imprenta como la libertad de prensa.
A la regulación de la actividad periodística.
Límites necesarios para no ver vulnerados otros derechos.
Respeto a la vida privada, a
la moral y a la paz pública.
c. Artículo 8.
Información pública gubernamental.
Derecho de petición
consagrado.
Todo ciudadano de hacer una petición de información.
A los funcionarios y empleados
públicos.