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LA FORMACIÓN HUMANISTA DE LOS ALUMNOS (LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Capítulo…
LA FORMACIÓN HUMANISTA DE LOS ALUMNOS
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
Capítulo II
De los fines de la educación:
Artículos 15 y 16
Dignidad humana
Igualdad
Artículo 15 tiene como fin:
III. Inculcar el enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva,
Derechos humanos
Convivencia
Inclusión
Interculturalidad
Artículo 16 tiene como criterio:
VIII. Será intercultural al promover la convivencia armónica entre personas y comunidades sobre la base del respeto a sus tradiciones y diferentes modos de vida
Artículo 16 tiene como criterio: VII. Será inclusiva, al tomar en cuenta las diversas capacidades, circunstancias, necesidades,
estilos y ritmos de aprendizaje de los educandos
Artículo 15 tiene como fin:
II. La convivencia social en un marco de respeto por los derechos de todas las personas
Artículo 15 tiene como fin:
III. Inculcar el enfoque de derechos humanos
Artículo 15 tiene como fin
II. Promover el respeto irrestricto de la dignidad humana
Una visión humanista de la educación
Dignidad humana
Igualdad
De acuerdo con la UNESCO: Los valores humanistas que deben constituir los fundamentos y la finalidad de la educación son:
Derechos humanos
Convivencia
Inclusión
Interculturalidad