DIVISIÓN DE PODERES
PODER NACIONAL
PODER ESTATAL
PODER MUNICIPAL
Fuerza que ordena y a quien todos deben obediencia
Poder Ciudadano
Defensor del Pueblo, Fiscal General
Poder judicial
Son entidades autónomas y con igual facultad de ejercicio de poder en lo político
Está integrado por:
Los Gobernadores
Consejos Legislativos
Poder Municipal: Unidad política primaria de la organización nacional
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Está integrado por:
Alcalde
Consejo Municipal
Tribunal Supremo de Justicia
Poder Electoral
Consejo Nacional Electoral
Poder Legislativo
Congreso Nacional
Cámara de Senadores
Cámara de Diputados
Función: 128 senadores que decretan leyes, intervienen para solucionar controversias entre los poderes, dan acceso a la Guardia Nacional al presidente, se encargan de nombrar a embajadores, procuradores y de regular políticas externas de diplomacia con otros países.
Función: 500 diputados que se encargan de: publicar la declaratoria oficial de Presidente electo que expide el Tribunal Electoral; Coordinar y evaluar a la Auditoria Superior de la Federación; ratificar el nombramiento de secretario de Hacienda; aprobar el Plan Nacional de Desarrollo; la titularidad legislativa en relación al presupuesto e ingresos que proponga el poder ejecutivo; la facultad para decidir si se procede o no, contra algún miembro de los poderes de la unión (excepto el Presidente, cuestión que corresponde al Senado) en caso de cometer un delito, en los términos del artículo 111 constitucional; designar a los titulares de los órganos autónomos (INE, CNDH, Auditoria Superior, Banco de México, INEGI, Cofece, IFT e INAI); y todas aquellas responsabilidades que le concedan otros artículos de la misma constitución y las leyes federales.
Poder Ejecutivo
Presidente de la República
Función: publicar la declaratoria oficial de Presidente electo que expide el Tribunal Electoral; Coordinar y evaluar a la Auditoria Superior de la Federación; ratificar el nombramiento de secretario de Hacienda; aprobar el Plan Nacional de Desarrollo; la titularidad legislativa en relación al presupuesto e ingresos que proponga el poder ejecutivo; la facultad para decidir si se procede o no, contra algún miembro de los poderes de la unión (excepto el Presidente, cuestión que corresponde al Senado) en caso de cometer un delito, en los términos del artículo 111 constitucional; designar a los titulares de los órganos autónomos (INE, CNDH, Auditoria Superior, Banco de México, INEGI, Cofece, IFT e INAI); y todas aquellas responsabilidades que le concedan otros artículos de la misma constitución y las leyes federales.
MARÍA GUADALUPE MUÑOZ ROMERO