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LAS NUEVAS ORIENTACIONES EN EL DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO (los (Se…
LAS NUEVAS ORIENTACIONES EN EL DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO
Una
Relación de trabajo es
la que se da entre un trabajador y un Patrono,independientemente de la actividad laboral que el trabajador realice,o exista un contrato de trabajo.(Art 20 LFT)
la
Teoría tradicional,sostiene que las relaciones jurídicas entre las personas solo pueden derivar de un acuerdo de voluntades.
El
contrato de trabajo
tiene como fundamento garantizar la vida y la salud del trabajador y asegurarle un nivel decente de vida, comienza su existencia como figura jurídica, el hecho de la prestación del servicio, cualquiera sea el acto que le de origen..
La
J
ornada laboral
está constituida por el número de horas obligatorias que el trabajador tiene que cubrir en un plazo determinado. Es diferente respecto al concepto de horario de trabajo, en que la jornada se mide tomando en cuenta el número de horas que el trabajador debe prestar su servicio, mientras que el horario establece la hora de entrada y la salida.
los
Tipos de Tiempo
de trabajo (jornada) son:Jornada Diurna, Jornada Nocturna y Mixta.o puede fraccionarse, ya sea atendiendo a la naturaleza de la actividad desempeñada o las variaciones climáticas y la costumbre impuesta en cada región del globo.
Las
Horas Extraordinarias
son la prolongación del tiempo ordinario del trabajo y se encuentran reguladas en el Articulos 65,66 de la LFT.
La
Llamada
"semana comprimida de trabajo"
es aquella en donde su jornada es inferior a ocho horas, esto es por la naturaleza misma del trabajo o las condiciones en que se desempeña este.
Existen
Actividades laborales en que por sus características es necesario aumentar el tiempo de trabajo o de disminución de persona, hasta disminución de días de labor a la semana
(Jornada continua y el horario variable
),ejemplo la industria minera, del acero, de la construcción, química y textil.aun que solo en la comunidad Europea se ha aplicado.
La
Composición del salario
se encuentra señalado en el Articulo 84 de LFT, esta prohibida la remuneración por medio de vales,pagarés,cupones o cualquier otra forma representativa de la moneda en curso legal
El
salario se puede complementar con varios accesorios (prestaciones), así como el respaldo a este con la reducción de los plazos de revicion,con base en las exigencias económicas de los trabajadores Artículos 399 y 413 LFT
El
La ley federal del trabajo define el salario como la retribución que el patrón debe de pagar a el trabajador por su trabajo. (Articulo 82 LFT)
la
Protección al salario se encuentra señalado en la LFT en los Artículos de la Ley Federal del Trabajo:1.-La prohibición de todo tipo de descuento no autorizado por el trabajador (articulo 110);2.-se aceptan almacenes o tiendas, cuando exista convenio sobre el particular entre trabajadores y patronos (arts 103y 103-bis);3.-El pago en forma personal (arts 98 a 102);4.- Los descansos por motivo de maternidad en mujeres (arts69,79 y 80;5.-La participacion de los trabajadores en las urilidades de la Empresa(arts117 a 131)
los
descansos, vacaciones y licencias se consideran el complemento necesario y logico de la jornada y el salario
Se
considera teóricamente que la finalidad del descanso son de orden familiar,cultural y recreativo se encuentra regulado en los artículos 71 y 93 de la LFT
El
criterio usado para el descanso, se aplica para las vacaciones y se encuentra señalado en el articulo(s) 76 a 81 de LFT
Las licencias laborales no se ncuentran reguladas por la LFT, sin embargi si se encuentran contempladas en la mayoria de los contratos colectivos de trabajo
El
Salario mínimo se encuentra señalado en el articulo 90 de la Ley federal del trabajo.
Las
obligaciones de los trabajadores según el Dr de la cueva son :;b)las obligaciones inherentes o derivadas de la prestación del trabajo;c)las "obligaciones humanitarias"todas contempladas en el articulo 134 LFT
Las
obligaciones de los patronales las cataloga de la siguiente forma.a).-las derivadas de la prestación del trabajo(proporcionar los elementos o herramientas necesaria para desempeñar su trabajo);b)las Educativas (la enseñanza de oficios o capacitación profesional);c.- las de previsión social (acceso a la seguridad social y a la obtención de vivienda)
La
Rescisión y el despido,términos que para efectos jurídicos son totalmente diferentes:
La
Rescision patronal,son la separacion inmediata del trabajo y la suspencion automatica de los derechos y obligaciones nacidos de la relacion del trabajo
La Rescisión del trabajador es el propio trabajador quien opta por el rompimiento del contrato que lo liga con el patrón
En
Los artículos 36,37,28,279,280,especifican las causales existentes para la terminación de la relación de trabajo,lo anterior para darle certeza al trabajador que solo bajo estas condiciones jurídicas puede perder la estabilidad laboral
existen
otras causales admitidas pero estas se contemplan en los Articulos 53 y 434 de la LFT
REVISAR
El Titulo Primero "Principios Generales" de la ley federal del Trabajo Articulos 1 al 19
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